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Contraloría General de la República · N° 050685N10

Dictamen N° 50.685, de 31 de agosto de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 50.685 Fecha: 31-VIII-2010 Se dirigió a esta Contraloría General don Gabriel Alfonso Caucoto Brignardello, ex funcionario del antiguo Servicio de Equipos Agrícolas Mecanizados, SEAM-CORFO, exonerado político, para solicitar que se le reconozca el derecho que, a su juicio, le corresponde para percibir el bono extraordinario que establece la ley N° 20.134. Al respecto, es del caso anotar que a través del oficio N° 28.509, de 2010, esta Entidad Fiscalizadora remitió al Instituto de Previsión Social la aludida petición, a fin de que se diera respuesta directa al recurrente, por las razones allí expuestas, dando cuenta de ello a este Organismo de Control. Ahora bien, en cumplimiento de dicha instrucción, el aludido Instituto, junto con remitir el expediente del interesado, manifiesta, en síntesis, que no es posible concederle el beneficio que solicita, toda vez que no cumple con los requisitos legales que lo hacen procedente. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que el artículo 1° de la precitada ley, en lo que interesa, otorga un bono extraordinario a los ex trabajadores del sector privado y las empresas autónomas del Estado que hubiesen sido exonerados por motivos políticos, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, en la medida que sean titulares de una pensión no contributiva, por gracia, calculada conforme al inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234. Precisado lo anterior, es dable anotar que al peticionario no le asiste el derecho a percibir el bono referido, por cuanto no posee la calidad de ex trabajador del sector privado o de una empresa autónoma del Estado, pues, a la fecha de su exoneración se desempeñaba en el indicado ex Servicio de Equipos Agrícolas Mecanizados, el que, tal como se ha manifestado por la jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 60.497, de 1973 y 34.573, de 2009, tenía la calidad de servicio público. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 050685N10, de 31 de agosto de 2010.

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