Contraloría General de la República · N° 014412N18
Dictamen N° 14.412, de 8 de junio de 2018
Texto del pronunciamiento
N° 14.412 Fecha: 08-VI-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Manuel Vega Sánchez, funcionario de la Presidencia de la República, para reclamar en contra de la decisión de renovar parcialmente su contrata para el año 2018, determinación que, a su juicio, vulneraría lo ordenado en el dictamen N° 85.700, de 2016, de este origen. Requerido su informe, la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República señaló las razones por las cuales adoptó la aludida decisión. Al respecto, cabe apuntar, en primer término, que de conformidad con lo previsto en el artículo 160 de la ley N° 18.834, los funcionarios pueden impugnar la determinación de que se trata, siempre que formulen su reclamo ante este Ente de Control, dentro del plazo de diez días a que se refiere ese texto legal, contado desde que tuvieron conocimiento de la situación que les afecta, exigencia que, en la especie, no se cumple. En efecto, según los antecedentes tenidos a la vista, se advierte que el señor Vega Sánchez, con fecha 4 de diciembre de 2017, fue notificado de la decisión de que su contrata, para el año 2018, sería renovada por tres meses. De esta manera, considerando que el reclamo del afectado, impugnando la referida determinación, se presentó ante esta Contraloría General recién con fecha 12 de enero de 2018, esto es, transcurrido en exceso los aludidos diez días hábiles, se rechaza la pretensión deducida, dada la extemporaneidad de la petición, conforme ha sido resuelto, para situaciones similares, en el oficio N° 6.778, de 2018 y en el dictamen N° 12.290, del mismo año, de esta procedencia. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Marta Morales del Río Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 014412N18, de 8 de junio de 2018.
Artículos que cita
Más sobre Contrata, Prórroga y No Renovación
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y confirma que, para postular a jefaturas desde una contrata, los tres años previos pueden incluir períodos como titular o suplente si hay continuidad e inmediatez con la contrata posterior.
-
La Contraloría concluye que la no renovación del contrato para 2026 se ajustó a las condiciones pactadas (disponibilidad presupuestaria), sin irregularidades; pero ordena a la Subsecretaría y sus SEREMI usar en lo sucesivo la figura contractual correcta, recurriendo a la ley N° 19.886 solo cuando concurran sus presupuestos.
-
La ley N° 21.735 eliminó el carácter de exclusiva confianza del personal de la Superintendencia de Pensiones, por lo que su cese ya no puede fundarse en la pérdida de confianza. Los de planta se rigen por la ley N° 18.834 y los a contrata mantienen su naturaleza transitoria, requiriendo un acto administrativo fundado para su término anticipado.
Todos los pronunciamientos sobre Contrata, Prórroga y No Renovación
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.