Contraloría General de la República · N° 052865N11
Dictamen N° 52.865, de 23 de agosto de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 52.865 Fecha: 23-VIII-2011 La Contraloría Regional del Libertador General Bernardo O'Higgins ha remitido una presentación de don Juan Ramón Ferrada Bahamóndez, exonerado político, ex empleado de la antigua Corporación de la Vivienda, quien solicita la revisión de su pensión no contributiva, por gracia. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir un expediente del interesado, manifiesta, en síntesis, que el beneficio no contributivo que lo favorece se ajusta a la normativa que lo regula, encontrándose vencido el plazo para pedir su modificación. Sobre el particular, cabe anotar, en primer término, que a través de la resolución N° 9.393, de 2007, del antiguo Ministerio del Interior, se otorgó al peticionario un beneficio no contributivo, por la suma inicial mensual de $ 131.993.-, a partir del 1 de noviembre de 2006. Precisado lo anterior, resulta pertinente expresar que el inciso tercero del artículo 4° de la ley N° 19.260, dispone que los beneficios previsionales que señala serán revisables de oficio o a petición de parte, en los casos en que se comprobaren diferencias en el cómputo de períodos de afiliación o de servicios, en las remuneraciones imponibles consideradas para la determinación del sueldo base de pensión o, en general, cuando existiere cualquier error de cálculo o de hecho en la liquidación. Por su parte, el inciso cuarto del mismo artículo, prescribe que la revisión a que se refiere el inciso anterior solamente podrá efectuarse dentro del plazo de tres años contado desde el otorgamiento del beneficio o de su respectivo reajuste. En este orden de ideas, considerando que entre la fecha de la concesión de la jubilación de que se trata -5 de noviembre de 2007-, Y la primera presentación efectuada por el recurrente ante este Organismo de Control, de 7 de junio de 2011, transcurrieron más de tres años, resulta forzoso concluir que el derecho a la revisión de su pensión se encuentra vencido. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 052865N11, de 23 de agosto de 2011.
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