Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 046314N15

Dictamen N° 46.314, de 10 de junio de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 46.314 Fecha: 10-VI-2015 La Superintendencia de Pensiones ha remitido a esta Contraloría General una presentación de la señora Lucrecia del Carmen Castillo Zambra, pensionada de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, quien solicita nuevamente que se sustraiga de su jubilación el lapso impositivo que indica, a fin de incorporarlo en un segundo beneficio. Sobre el particular, cabe señalar que mediante los dictámenes N os 56.037, de 2010 y 49.549, de 2011, este Órgano de Control se pronunció respecto de idénticas pretensiones concluyendo, en síntesis, que no es posible acceder a lo que pide la interesada, puesto que tal requerimiento fue posterior a la data en que la resolución que reliquidó su pensión quedó totalmente afinada, habiéndose consumido en esta última sus 37 años y 9 días de tiempo computable. En este contexto, es útil advertir que si bien la peticionaria se jubiló en el año 2004, mientras se encontraba vigente la jurisprudencia de este origen sobre divisibilidad de la afiliación, contenida en el pronunciamiento N° 50.631, de 2003 -reconsiderada por el oficio N° 2.901, de 2011, de esta procedencia-, su aplicación debía solicitarse al momento de impetrar la pensión o antes de que la resolución que se la confiriera quedara completamente tramitada, lo que no ocurrió en la especie. Siendo ello así, y dado que la señora Castillo Zambra no aporta antecedentes diversos a los que fueron examinados, solo cabe ratificar los dictámenes N os 56.037, de 2010 y 49.549, de 2011, de esta Institución Fiscalizadora. Transcríbase a la Superintendencia de Pensiones. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 046314N15, de 10 de junio de 2015.

Más sobre Pensiones del IPS y Montepío

  • 11 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF175283

    La Contraloría toma razón del decreto que transfiere recursos al Instituto de Previsión Social para financiar el bono de complemento de pensión, entendiendo que la retroactividad alude solo a los meses de julio y agosto de 2026, con los alcances señalados.

  • 28 de agosto de 2026

    Dictamen N° D402

    La Contraloría concluye que es legal la revocación de la pensión de gracia del reclamante, pues el Presidente tiene la atribución privativa de otorgarlas y dejarlas sin efecto, y la decisión está suficientemente fundada en los antecedentes penales y en los criterios de la Comisión Asesora, por lo que no es arbitraria.

  • 21 de julio de 2026

    Dictamen N° OF137130

    La Contraloría concluye que, aunque la antigua Ley Orgánica de la ex Caja no menciona a los convivientes civiles, su estado civil se homologa al de viuda, por lo que el IPS debe reconocer el seguro de vida reclamado.

Todos los pronunciamientos sobre Pensiones del IPS y Montepío

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium