Contraloría General de la República · N° 059311N14
Dictamen N° 59.311, de 5 de agosto de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 59.311 Fecha: 05-VIII-2014 Se ha dirigido a esta Entidad Fiscalizadora doña Flavia Fernández Ahumada, exfuncionaria de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, quien reclama por haber sido desvinculada mientras se encontraba embarazada, situación acerca de la cual el aludido organismo expone que la peticionaria no presentó el certificado médico pertinente que acreditara la referida circunstancia. Sobre el particular, es menester hacer presente que en los registros de esta Institución de Control, aparece que la señora Fernández Ahumada laboró en el mencionado servicio en reemplazo de las empleadas que se indican. Ahora bien, en cuanto a las designaciones efectuadas en la anotada calidad, este Órgano Fiscalizador, resolvió en el dictamen Nº 24.490, de 2014, que la contrata de reemplazo corresponde para el solo efecto del beneficio por el que se consulta, a una suplencia, toda vez que los principales elementos de esta coinciden con aquellos que distinguen a la primera, esencialmente su transitoriedad. En este sentido, y en lo que atañe a la suplencia y a la procedencia del fuero maternal en ella, los dictámenes N os 9.127 y 43.727, ambos de 2013, de este origen, precisaron que el amparo en examen termina al momento en que el titular debe asumir el respectivo empleo. Siendo ello así, atendido que en el caso de la especie consta que la vinculación que mantuvo la interesada con el referido órgano público cumple las condiciones y particularidades antes descritas y, por ende, ha poseído la calidad de reemplazante, al igual que quienes han tenido el carácter de suplente, gozó del fuero maternal hasta la fecha en que cesó la causa que habilitaba al titular para no ejercer su cargo. Por consiguiente, considerando que la funcionaria a quien reemplazaba la señora Fernández Ahumada, en su designación, asumió sus labores una vez finalizado el motivo que generó su ausencia, esto es, el uso de licencia médica, el término de tareas de la recurrente se ajustó a derecho, dado que aquella dejó de encontrarse amparada por la citada protección en esa oportunidad. Transcríbase a la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 059311N14, de 5 de agosto de 2014.
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