Contraloría General de la República · N° 061628N16
Dictamen N° 61.628, de 22 de agosto de 2016
Texto del pronunciamiento
N° 61.628 Fecha: 22-VIII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Sonia Valdebenito Araneda, exdocente de la Municipalidad de Hualpén, para consultar sobre la procedencia del bono postlaboral de la ley N° 20.305, al cual estima que tendría derecho, haciendo presente que postuló a través de la ley N° 20.822, que otorga un bono de incentivo al retiro voluntario. Como cuestión previa, cabe recordar que el artículo 1° de la ley N° 20.305, en su inciso primero, otorga un bono de naturaleza laboral, para el personal que, a su entrada en vigencia, a saber, el 1 de enero de 2009, desempeñe un cargo de planta o a contrata y al contratado conforme al Código del Trabajo, en los órganos y servicios públicos regidos por las normas que se señalan. Del mismo modo, es menester expresar que el artículo 1° de la ley N° 20.822, prescribe que los profesionales de la educación, que reúnan las exigencias que allí se mencionan, tendrán derecho a percibir la bonificación por retiro voluntario que se indica, pudiendo, asimismo, en virtud de lo previsto en su artículo 5°, solicitar el bono de la ley N° 20.305, considerando para ello los plazos y edades en las condiciones especiales que especifica. Requerida de informe, la Tesorería General de la República manifiesta que la Tesorería Provincial de Talcahuano, en un comienzo, rechazó la solicitud referida al beneficio postlaboral de la interesada, por cuanto estimó que no cumplía con los requisitos de postulación, aclarando que luego de realizar un nuevo examen de los antecedentes, se estableció que la reclamante pidió el beneficio dentro del plazo que fija para tal efecto la ley N° 20.822, por lo que le asistiría el derecho a percibirlo, en la medida, por cierto, que cumpla con las demás exigencia legales para obtener dicho estipendio. Atendido lo precedentemente expuesto, cabe concluir que no se requiere emitir un pronunciamiento en la especie, debido a que la situación reclamada se encuentra en vías de ser solucionada. Transcríbase a la Tesorería General de la República, a la Municipalidad de Hualpén y a la Contraloría Regional del Biobío. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 061628N16, de 22 de agosto de 2016.
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