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Contraloría General de la República · N° 006502N19

Dictamen N° 6.502, de 6 de marzo de 2019

Texto del pronunciamiento

N° 6.502 Fecha: 06-III-2019 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Diego Urrutia Belmar, reclamando respecto de lo dispuesto por la Dirección de Vialidad a través de su resolución exenta N° 7.208, de 2018, por la que ordenó la apertura del camino interior que allí se indica. Expone el recurrente que esta sede de control “en Ord 21.634/01 de fecha 12 de junio de 2001, defendida por el Consejo de Defensa del Estado, ganó un juicio de la misma índole en un fallo de Corte Suprema de fecha 13 de noviembre de 2001”. Sobre el particular, es menester recordar que conforme a lo indicado en el oficio circular N° 24.143, de 2015, de este origen -que imparte instrucciones para la atención de solicitudes de pronunciamiento jurídico-, las presentaciones efectuadas por particulares ante este órgano fiscalizador deben señalar los hechos y razones que motivan su solicitud y las peticiones concretas que se formulan, de manera clara y precisa, exigencias que no se han cumplido en la especie y que impiden que esta Contraloría General pueda emitir el pronunciamiento recabado. En tal sentido, es relevante apuntar que no es posible establecer la vinculación que tendría lo manifestado en el citado dictamen N° 21.634, de 2001, con la situación que afecta al recurrente. Sin desmedro de lo anterior, esta entidad de control considera pertinente hacer presente que, de la lectura de la citada resolución, aparece que esta se enmarcaría en el ámbito de atribuciones que le corresponden a la singularizada dirección, acorde con lo establecido en el artículo 26, inciso segundo, del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, sin que se aprecien posibles vicios que pudieren afectar su emisión. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 006502N19, de 6 de marzo de 2019.

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