Contraloría General de la República · N° E121235N21
Dictamen N° E121235, de 12 de julio de 2021
Texto del pronunciamiento
N° E121235 Fecha: 12-VII-2021 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que sanciona dos acuerdos modificatorios al decreto N° 1.292, de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprobó el convenio de transferencia de recursos suscrito entre las Subsecretarías de Prevención del Delito y de Interior, en el entendido que se trata de una regularización. Lo anterior, dado que el primer convenio fue suscrito el 8 de mayo de 2020, y sancionado por un acto de carácter de exento, no obstante que conforme a lo previsto en el numeral 11.5 del artículo 11, en relación con el numeral 10.4 del artículo 10 de la resolución N° 7, de 2019, y en el numeral 1 del artículo 1° de la resolución 8, de 2019, ambas de este origen, debió remitirse a toma de razón. Asimismo, respecto del segundo acuerdo modificatorio, por cuanto el plazo previsto para la realización de las actividades se extendía hasta el 31 de diciembre de 2020, y si bien la entidad receptora requirió dicha enmienda antes del vencimiento de aquel, la respectiva convención fue suscrita el 2 de marzo de 2021 y aprobada el 16 de abril del mismo año. En relación con ello, en lo sucesivo, esa secretaría deberá dictar y remitir al trámite de toma de razón en su debida oportunidad los documentos como los que se analizan, acorde con los artículos 8° de la ley N° 18.575, y 7° de la ley N° 19.880 (aplica criterio contenido en el oficio N° E91.031, de 2021, de este origen). A su turno, se debe hacer presente que se ha omitido citar la resolución N° 16, de 2020, de este origen, que es actualmente el instrumento vigente que determina los montos en unidades tributarias mensuales a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y establece controles de reemplazo cuando corresponda. Finalmente, el oficio N° 4.552 citado en el considerando sexto del acto en estudio, es de fecha 22 de febrero de 2021, y no como ahí se indica. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del rubro. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República María Soledad Frindt Rada Jefa de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E121235N21, de 12 de julio de 2021.
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