Contraloría General de la República · N° 097992N14
Dictamen N° 97.992, de 18 de diciembre de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 97.992 Fecha:18-XII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Paulo López Valenzuela, exfuncionario de la Dirección Regional de Los Ríos del Servicio Nacional de Menores -SENAME-, quien reclama por el término anticipado de su contrata mientras se encontraba haciendo uso de licencia médica, lo que, según el citado organismo, se ajustó a derecho. Sobre el particular, es dable manifestar, que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la contrata del señor López Valenzuela, así como sus prórrogas, contenían la cláusula “mientras sean necesarios sus servicios” y, por lo tanto, acorde con la jurisprudencia de esta Entidad de Control, establecida en el dictamen N° 64.691, de 2014, la autoridad pudo concluirla, en virtud de ella, con anterioridad a su vencimiento -como aconteció en la especie-, a través de la resolución N° 474, de 2014, del SENAME, tomada razón en su oportunidad. Enseguida, es menester destacar que según los dictámenes N os 80.446, de 2010 y 85.809, de 2014, de esta procedencia, el uso de licencia médica no confiere inamovilidad en el empleo, por lo que la utilización de tales reposos no obsta a la finalización de las funciones de los servidores, no advirtiéndose entonces irregularidad en el actuar de la superioridad. Por último, en cuanto a lo expresado por el ocurrente, en orden a que su nueva jefatura directa, habría bajado su puntaje en el segundo informe de desempeño, es necesario manifestar, en armonía con el criterio contenido, entre otros, en el dictamen N° 20.481, de 2012, de este origen, que la evaluación se vincula o dice relación con el ejercicio de las labores de quienes poseen la calidad de funcionarios y las consecuencias que ellas implican para los mismos, por lo que resulta inaplicable a personas que han perdido dicha condición, tal como sucede en el caso en comento, en que se puso fin anticipado a la designación del recurrente, siendo innecesario, por ende, un pronunciamiento sobre la materia. De esta manera, atendido que el afectado ha cesado en funciones, es inoficioso e improcedente informar acerca de la impugnación de su calificación. Transcríbase al Servicio Nacional de Menores y a la Contraloría Regional de Los Ríos. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 097992N14, de 18 de diciembre de 2014.
Más sobre Contrata, Prórroga y No Renovación
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y confirma que, para postular a jefaturas desde una contrata, los tres años previos pueden incluir períodos como titular o suplente si hay continuidad e inmediatez con la contrata posterior.
-
La Contraloría concluye que la no renovación del contrato para 2026 se ajustó a las condiciones pactadas (disponibilidad presupuestaria), sin irregularidades; pero ordena a la Subsecretaría y sus SEREMI usar en lo sucesivo la figura contractual correcta, recurriendo a la ley N° 19.886 solo cuando concurran sus presupuestos.
-
La ley N° 21.735 eliminó el carácter de exclusiva confianza del personal de la Superintendencia de Pensiones, por lo que su cese ya no puede fundarse en la pérdida de confianza. Los de planta se rigen por la ley N° 18.834 y los a contrata mantienen su naturaleza transitoria, requiriendo un acto administrativo fundado para su término anticipado.
Todos los pronunciamientos sobre Contrata, Prórroga y No Renovación
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.