Contraloría General de la República · N° 054447N12
Dictamen N° 54.447, de 3 de septiembre de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 54.447 Fecha: 03-IX-2012 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al decreto Nº 810, de 2011, del Ministerio de Justicia, que cancela la personalidad jurídica del Servicio de Bienestar del Personal de Educación y Salud de la Corporación Municipal de Renca, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, no resulta procedente que en el N° 2 de la parte dispositiva, se aplique el procedimiento establecido en el artículo 28 del decreto N° 110, de 1979, del Ministerio de Justicia -que aprueba el Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones que indica-, previsto solo para el evento que los estatutos de una corporación omitan indicar el destino de sus bienes a la fecha de verificarse su disolución, en cuyo caso estos últimos quedan a cargo y custodia del Ministerio de Bienes Nacionales “hasta que el Presidente de la República los destine en conformidad al artículo 561 del Código Civil.”. Lo anterior, toda vez que en el artículo 59 de los estatutos de la indicada entidad, dicha materia se encuentra expresamente regulada, en cuanto establece que para el caso de su disolución, sus bienes pasarán a la “Corporación Municipal de Educación y Salud u organismo que la reemplace”, disposición que no puede sino entenderse referida a la Corporación Municipal de Renca, ya que según consta de lo dispuesto en el artículo 6° de los aludidos estatutos, solo pueden ser socios del mencionado servicio de bienestar, los trabajadores de dicha corporación que cumplan los requisitos que allí se señalan. Por consiguiente es dable manifestar que de acuerdo a lo expresado precedentemente y a los antecedentes acompañados, aparece de manifiesto que la voluntad de los socios del aludido servicio de bienestar, cuya disolución se aprueba, ha sido la de traspasar sus bienes a la Corporación Municipal de la antedicha comuna, a la cual se le concedió personalidad jurídica mediante decreto N° 289, de 1982, del Ministerio de Justicia y que se encuentra actualmente vigente. Atendido lo expuesto, se representa el instrumento señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 054447N12, de 3 de septiembre de 2012.
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