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Contraloría General de la República · N° 058007N16

Dictamen N° 58.007, de 5 de agosto de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 58.007 Fecha: 05-VIII-2016 La Contraloría Regional de La Araucanía ha remitido una presentación de don Luis Ariel Vergara Fuentes, quien solicita el otorgamiento de una pensión de invalidez al amparo del Convenio Bilateral de Seguridad Social que existe entre Francia y Chile. Requerida, la Superintendencia de Pensiones indica que la situación del recurrente se encuentra en proceso de análisis, toda vez que mediante sus oficios N°s. 18.776 y 29.906, de 2013; 8.532, 14.743 y 27.792, de 2014; 6.997 y 18.939, de 20015; y 3.619 y 15.668, de 2016, ha pedido al Organismo de Enlace de Francia el envío del certificado de períodos de seguro y de la resolución adoptada respecto de la solicitud de pensión e informe de pago y monto de la misma. Al respecto, cabe hacer presente que el organismo encargado de asesorar en la celebración y ejecución de convenios internacionales en materias de previsión social y actuar como enlace de los mismos es la Superintendencia de Pensiones, de acuerdo a lo establecido en el N° 12, del artículo 47 de la ley N° 20.255. Así también lo ha reconocido la jurisprudencia de este origen en los dictámenes N°s. 29.466, de 2010 y 81.610, de 2015. Precisado lo anterior, es dable anotar que por medio del decreto N° 430, de 2001, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se promulgó el aludido Convenio de Seguridad Social con la República Francesa, el cual establece como órgano de enlace al precitado organismo de pensiones, entidad que, acorde con lo dispuesto en el N° 1, letra f) del artículo 1° de esa normativa, tiene a su cargo la “coordinación e información entre las Instituciones de ambas partes contratantes, que intervengan en la aplicación del convenio y en la información a los interesados sobre los derechos y obligaciones derivados del mismo”. En consecuencia, atendido que el conocimiento de la materia que se plantea se encuentra entregada a la Superintendencia de Pensiones y que de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, a la fecha, no se han obtenido los documentos requeridos a Organismo de Enlace de Francia, se solicita a esa entidad fiscalizadora que adopte las medidas necesarias para agilizar la tramitación de la solicitud del peticionario, informando de las gestiones realizadas a la Unidad de Seguimiento de la División de Auditoría Administrativa de esta Institución Contralora, dentro de los 60 días de notificado el presente dictamen. Transcríbase a don Luis Ariel Vergara Fuentes, a la Contraloría Regional de La Araucanía y a la División de Auditoría Administrativa de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 058007N16, de 5 de agosto de 2016.

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