Contraloría General de la República · N° 042219N13
Dictamen N° 42.219, de 3 de julio de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 42.219 Fecha: 03-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Carolina Salazar Mellado, exfuncionaria del Hospital San Juan de Dios, para reclamar por la decisión de ese establecimiento de dar término a su contrata. Requerida de informe, esa entidad ha manifestado, en síntesis, que la desvinculación de la servidora se ajustó a la legalidad, por cuanto esta se verificó por el cumplimiento del plazo establecido en su última designación. Sobre el particular, es del caso señalar que, según los registros de esta Entidad Fiscalizadora y los antecedentes tenidos a la vista, consta que la requirente fue designada en un empleo a contrata, asimilada al grado 23 E.U.S., disponiéndose la última de ellas hasta el 31 de enero de 2013, sin que conste su extensión. Precisado lo anterior, y en lo que atañe a su reclamo, es menester indicar que en armonía con lo previsto en el artículo 153 de la ley N° 18.834 y lo dispuesto en el dictamen N° 25.430, de 2013, entre otros, de este origen, el cumplimiento del plazo establecido en la contrata de un funcionario produce su inmediato cese, sin que para ello sea necesaria una manifestación expresa de voluntad por parte de la autoridad, en orden a señalar su decisión de no prorrogarla. Tampoco existe la obligación para la superioridad de exponer las razones tenidas en consideración para no disponer la aludida renovación, ni la de practicar algún tipo de notificación al efecto, según se ha manifestado, en el dictamen N° 68.422, de 2012, de este Órgano de Control. Por tanto, es dable concluir que el término de funciones de la peticionaria se ajustó a derecho, por lo que procede desestimar su presentación. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 042219N13, de 3 de julio de 2013.
Artículos que cita
Más sobre Contrata, Prórroga y No Renovación
-
La Contraloría rechaza la reconsideración y confirma que, para postular a jefaturas desde una contrata, los tres años previos pueden incluir períodos como titular o suplente si hay continuidad e inmediatez con la contrata posterior.
-
La Contraloría concluye que la no renovación del contrato para 2026 se ajustó a las condiciones pactadas (disponibilidad presupuestaria), sin irregularidades; pero ordena a la Subsecretaría y sus SEREMI usar en lo sucesivo la figura contractual correcta, recurriendo a la ley N° 19.886 solo cuando concurran sus presupuestos.
-
La ley N° 21.735 eliminó el carácter de exclusiva confianza del personal de la Superintendencia de Pensiones, por lo que su cese ya no puede fundarse en la pérdida de confianza. Los de planta se rigen por la ley N° 18.834 y los a contrata mantienen su naturaleza transitoria, requiriendo un acto administrativo fundado para su término anticipado.
Todos los pronunciamientos sobre Contrata, Prórroga y No Renovación
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Empleo Público, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Empleo Público¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.