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Contraloría General de la República · N° 034241N10

Dictamen N° 34.241, de 24 de junio de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 34.241 Fecha: 24-VI-2010 Se ha dirigido, una vez más, a esta Contraloría General don Walter Jaime Solari Cortés, exonerado político, para reclamar porque el Instituto de Previsión Social no ha dado cumplimiento al oficio N° 4.986, de 2005, de este Organismo de Control, por medio del cual se requirió a esa entidad arbitrar las medidas tendientes a obtener de su ex empleador, Compañía de Cervecerías Unidas, información respecto de su cargo y de sus remuneraciones de naturaleza imponible al 30 de septiembre de 1973. Por su parte, el aludido Instituto, con fecha 17 de mayo de 2010, señala que en consideración a lo concluido en el precitado oficio, se reliquidó la pensión no contributiva de que es titular el recurrente, fijándose su monto en $ 85.117.-, al mes, desde el 1 de septiembre de 1998. Agrega que el 27 de julio de 2006, se solicitó a la Compañía de Cervecerías Unidas información acerca del cargo que éste habría desempeñado en esa empresa, petición reiterada el 3 de mayo de 2010 y que aún se encuentra pendiente de respuesta. Al respecto, cabe anotar, en primer término, que por medio del referido oficio N° 4.986, de 2005, se determinó, en lo que interesa, que procedía reliquidar el beneficio no contributivo del reclamante, con arreglo al artículo 27 del decreto N° 39, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, reglamentario de la ley N° 19.234, sobre exonerados políticos. Además, se indicó que no existían antecedentes que permitieran acreditar que el señor Solari Cortés haya servido un cargo de jefatura en la Compañía de Cervecerías Unidas. Ahora bien, atendido el tiempo transcurrido desde la emisión del oficio de que se trata, sin que se hayan proporcionado los antecedentes que, eventualmente, permitirían reliquidar el beneficio no contributivo del reclamante, esta Contraloría General ha estimado del caso requerir a esa Institución para que solicite una visita inspectiva a la señalada Compañía, a través de los servicios de fiscalización de la Dirección del Trabajo, con el objeto de establecer si se registran o no antecedentes del solicitante en su poder, dando cuenta de ello a esta Entidad Fiscalizadora. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 034241N10, de 24 de junio de 2010.

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