Contraloría General de la República · N° 004823N14
Dictamen N° 4.823, de 21 de enero de 2014
Texto del pronunciamiento
N° 4.823 Fecha: 21-I-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso a los decretos N°s. 131, 160, 161, 162, 163, 188, 428 y 494, todos de 2013, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, mediante los cuales se expulsa del territorio nacional a las personas que en ellos se indican, por encontrarse ajustados derecho. Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que los citados actos se han enviado a este Organismo Fiscalizado con evidente retraso, puesto que fueron emitidos entre el 31 de enero de 2013 y el 14 de mayo de igual anualidad, siendo recién ingresados para su control preventivo de legalidad el 13 de enero de 2014. La demora señalada, tal como lo ha manifestado la jurisprudencia administrativa de este origen, entre otros, en sus dictámenes N°s. 71.003 y 79.733, ambos de 2013, implica una infracción al artículo 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que impone a los organismos públicos el deber de actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites, y también a lo previsto en el artículo 7° de la ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, relativo al principio de celeridad, conforme al cual las autoridades y funcionarios deben actuar por propia iniciativa en el procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditas las actuaciones pertinentes. Atendido lo expuesto, en lo sucesivo, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que sus instrumentos se dicten y remitan u tramitación en su debida oportunidad. Sin perjuicio de lo anterior, esta Contraloría General ha resuelto requerir a esa repartición un informe detallado acerca de los antecedentes y circunstancias de la irregularidad indicada, ello dentro del plazo de 10 días. Con el alcance que antecede se ha tomado razón de los documentos en estudio. Transcríbase a la División de Auditoría Administrativa de este Organismo Fiscalizador. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 004823N14, de 21 de enero de 2014.
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