Contraloría General de la República · N° E420601N23
Dictamen N° E420601, de 27 de noviembre de 2023
Sumario
La Contraloría toma razón de la resolución que transfiere recursos al SERVIU de Valparaíso para el proyecto Manuel Bustos, con alcances: los actos del SERVIU deben someterse a toma de razón si corresponde, los recursos solo financian gastos directos y deben restituirse los saldos no ejecutados, y el ministerio debe detallar en la parte resolutiva las acciones, plazos y gastos financiables.
Texto del pronunciamiento
N° E420601 Fecha: 27-XI-2023 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución de la suma, que aprueba la transferencia de recursos que indica al Servicio de Vivienda y Urbanización de la región de Valparaíso (SERVIU) para que éste, en el ejercicio de sus competencias, lleve a cabo los procedimientos que correspondan a los efectos de suscribir los contratos que sean pertinentes para la “Ejecución proyecto de pavimentación y aguas lluvias, etapa 1A-1, Campamento Manuel Bustos”, de la comuna de Viña del Mar. Sin perjuicio de lo anterior, se debe precisar que respecto de los actos que dicte el referido SERVIU para la ejecución del aludido proyecto y la asistencia técnica del mismo, aplican las reglas contenidas en la resolución N° 7, de 2019, de esta Entidad de Control, por lo que deberán remitirse al trámite de toma de razón, si correspondiere. Cabe añadir que los recursos transferidos solo pueden destinarse a pagar los gastos directamente relacionados con la materialización del proyecto, de manera que, si esos gastos fueren menores al monto transferido, la institución receptora deberá restituir los saldos no ejecutados, conforme a las normas que rijan al momento de producirse tales excedentes. Lo mismo corresponde respecto de los recursos observados y no rendidos. Con todo, en lo sucesivo, ese ministerio deberá incluir en la parte resolutiva de los actos administrativos como el de la especie, el detalle de las acciones específicas que deberá realizar el SERVIU, el plazo previsto para su ejecución y los conceptos de gastos financiables con dichos caudales, y no como ocurre en esta oportunidad en que tales aspectos se contienen en antecedentes adjuntos. Seguidamente, corresponde manifestar que, si bien la ficha de inversiones del proyecto que se ha tenido a la vista contempla por concepto de asistencia técnica a cuatro profesionales, los trabajos que se encarguen deben guardar coherencia con las partidas y especificaciones técnicas del proyecto de pavimentación y aguas lluvias que por medio del acto en estudio se busca financiar. Finalmente, se hace presente que la transferencia que se analiza y los actos que conforme a aquella se ejecuten serán objeto de fiscalización por parte de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E420601N23, de 27 de noviembre de 2023.
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