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Contraloría General de la República · N° 088035N16

Dictamen N° 88.035, de 5 de diciembre de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 88.035 Fecha: 05-XII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Clara Solorza Riveros, funcionaria del Hospital Barros Luco Trudeau, para reclamar por el hecho de no haber sido contratada por la autoridad, atendido el tiempo que lleva desempeñándose en ese servicio y la experiencia que ha adquirido en el desarrollo de sus labores. Requerida de informe, la anotada institución no lo ha enviado, por lo que el siguiente pronunciamiento se emite con prescindencia de dicho antecedente. Como cuestión previa, es menester precisar que, según aparece en los registros de este Ente de Control, el último nombramiento de la peticionaria correspondió a una suplencia que se extendió entre el 2 de marzo y el 30 de abril de 2016, sin que conste la existencia de vínculos posteriores con el recinto hospitalario, advirtiéndose que en los últimos dos años tuvo designaciones a contrata, pero por cortos periodos. Sobre el particular, es útil recordar que tal como lo ha indicado la jurisprudencia de esta Entidad Fiscalizadora, entre otros, en los dictámenes N os 47.328, de 2009 y 26.848, de 2016, corresponde a la superioridad del servicio determinar, de acuerdo a sus atribuciones, la necesidad de realizar los nombramientos y las designaciones que en las respectivas plantas se requiera, motivo por el cual la institución no se encuentra obligada a nombrar o contratar a la interesada. Así entonces, estando la autoridad facultada para ponderar la realización de las contrataciones que estime necesarias según sus requerimientos, y no constando, además, que en la situación analizada aquella hubiere incurrido en una actuación arbitraria o ilegal, debe desestimarse la reclamación del rubro. Transcríbase al Hospital Barros Luco Trudeau. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 088035N16, de 5 de diciembre de 2016.

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