Contraloría General de la República · N° 058926N12
Dictamen N° 58.926, de 25 de septiembre de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 58.926 Fecha: 25-IX-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Marco Aránguiz Farías, ex funcionario del Hospital Metropolitano, para reclamar del término anticipado de su contrata por no ser necesarios sus servicios. Requerido su informe, el aludido organismo señaló, en síntesis, que se encontraba autorizado para disponer, en forma anticipada, el cese del ocurrente. Como cuestión previa, cabe señalar que, de acuerdo con los registros de esta Institución Fiscalizadora, el interesado fue designado a contrata en esa repartición a través de la resolución N° 287, de 2009, de ese origen, bajo la fórmula mientras sean necesario sus servicios, vinculación que fue prorrogada posteriormente en iguales condiciones, para disponerse la última renovación hasta el 31 de diciembre de 2011. Asimismo, consta que por resolución N° 407, de esa misma anualidad, se dispuso el cese anticipado de sus funciones, a contar de la total tramitación de ese acto administrativo. Establecido lo anterior, es menester anotar que la reiterada jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 16.557 y 26.594, ambos de 2010, ha declarado que cuando una contrata ha sido ordenada con la cláusula mientras sean necesarios sus servicios, como acontece en la especie, la autoridad puede ponerle término cuando lo estime conveniente. Siendo ello así, esta Institución Fiscalizadora procedió, con fecha 17 de enero de 2012, a tomar razón de la resolución que dispuso el cese anticipado del señor Aránguiz Farías, debiendo, por tanto, desestimarse su reclamo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 058926N12, de 25 de septiembre de 2012.
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