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Contraloría General de la República · N° 035931N13

Dictamen N° 35.931, de 7 de junio de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 35.931 Fecha: 07-VI-2013 Mediante su dictamen N° 10.960, de 2009, reiterado por sus oficios 33.735 y 77.219, ambos de 2012, esta Sede de Control, en lo que interesa, instruyó al Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano (SERVIU) reexaminar su resolución exenta N° 355, de 2004, en cuanto establece que a contar del 1° de febrero de 2004 dicha entidad cobrará por cada informe oficial que emita, a requerimiento de particulares, y de las copias adicionales de los proyectos y planos correspondientes a sectorizaciones o a sub-sectorizaciones el equivalente a tres unidades de fomento; una unidad de fomento por cada nueva copia autorizada de proyectos y planos, y una coma cinco unidades de fomento por cada punto georeferenciado que se solicite para el desarrollo de proyectos de pavimentación y aguas lluvias. Lo anterior, a la luz de lo dispuesto en el decreto ley N° 2.136, de 1978, que faculta a los servicios dependientes de la Administración Central y Descentralizada del Estado, del Poder Legislativo y del Poder Judicial, para cobrar sólo el "valor de costo de los documentos o copias de éstos" que proporcionen a los particulares para la celebración de contratos, llamados a licitación o por otra causa, y cuya dación gratuita no esté dispuesta por ley, y de lo manifestado en la jurisprudencia administrativa contenida en los dictámenes N°s 11.048, de 1999, 25.525, de 2001, 59.127, de 2007 y 28.938, de 2008, de esta Contraloría General. En relación con lo expuesto, por el documento de la referencia esa repartición comunica la circunstancia de haberse dejado sin efecto la antedicha resolución exenta, y dictado en su reemplazo la N° 363, de 2013, con el objeto de adecuar los cobros en comento a la legislación y jurisprudencia precitadas. Al respecto, y en mérito de lo expresado por ese SERVIU, este Organismo Contralor estima superada la situación concerniente a la mencionada resolución exenta N° 355, de 2004, lo que es sin perjuicio del ejercicio de las atribuciones de fiscalización que le competen en la materia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 035931N13, de 7 de junio de 2013.

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