Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 018987N10

Dictamen N° 18.987, de 12 de abril de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 18.987 Fecha: 12-IV-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Soledad Uribe Cárdenas, solicitando se disponga que el Servicio Electoral proceda al reembolso de los gastos electorales efectuados como candidata a concejal por la comuna de Osorno en el proceso de elección municipal de 2008, por al menos el monto que le correspondería por los votos obtenidos, ya que por un olvido de su contadora se habría omitido realizar esa solicitud al momento de rendir la cuenta general de ingresos y gastos electorales correspondiente. Al respecto, como cuestión previa, cabe tener presente que mediante la resolución N° 15.902, del 25 de marzo de 2009, el Director del Servicio Electoral aprobó la rendición general de ingresos y gastos electorales 2008 de la recurrente. Precisado lo anterior, es del caso indicar, en lo que interesa, que el artículo 42 de la ley N° 19.884, Sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, previene que corresponde al Director del Servicio Electoral pronunciarse respecto de la cuenta general de los ingresos y gastos electorales pertinentes, a que se refiere el inciso primero de su artículo 41. Asimismo, de acuerdo con el artículo 93, letra i), de la ley N° 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, la misma autoridad debe dictar las resoluciones generales y particulares necesarias para el ejercicio de sus atribuciones. En consecuencia, atendido que la referida presentación incide en una materia ajena a su competencia, como es lo relativo a las cuentas que deben rendir los candidatos respecto de ingresos y gastos electorales en virtud de la ley N° 19.884, esta Contraloría General debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre el particular. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 018987N10, de 12 de abril de 2010.

Más sobre Otros (Organización y Procedimiento Administrativo)

  • 29 de julio de 2026

    Dictamen N° D381

    La Contraloría concluye que corresponde a la Agencia de Calidad definir la situación de los establecimientos con desempeño insuficiente y la base de evaluaciones para aplicar el artículo 31, y considera razonable y justificada la opinión de la ACE de no considerar el historial de ordenación para esos efectos.

  • 14 de abril de 2026

    Dictamen N° D199

    La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general, la Oficina Local de la Niñez puede acceder a fichas clínicas de niños, niñas y adolescentes sin orden judicial ni consentimiento familiar durante un Diagnóstico Biopsicosocial, si ello es imprescindible para proteger sus derechos, manteniendo el deber de reserva.

  • 13 de abril de 2026

    Dictamen N° OF70342

    La Contraloría concluye que ni la ley de eventos masivos ni la Ley Estadio Seguro fijan un plazo para que la Delegación Presidencial Regional se pronuncie sobre las solicitudes de autorización; solo debe hacerlo antes del evento, respetando los principios de eficiencia y celeridad.

Todos los pronunciamientos sobre Otros (Organización y Procedimiento Administrativo)

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Organización y Procedimiento Administrativo, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Organización y Procedimiento Administrativo

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium