Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 038820N12

Dictamen N° 38.820, de 29 de junio de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 38.820 Fecha: 29-VI-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Elisenda Dominga Román Dobson, extrabajadora de Televisión Nacional de Chile, exonerada política, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir cuatro expedientes, manifiesta, en síntesis, que se encuentra vencido el plazo previsto en el artículo 4° de la ley N° 19.260 para la revisión requerida por la interesada. Al respecto, cabe señalar, en primer término, que mediante los decretos N os. 2.451 y 5.641, ambos de 1999 y del ex Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerada política de la recurrente y se le otorgó una jubilación no contributiva, por gracia, por la suma inicial mensual de $ 86.154, a contar del 1 de septiembre de 1998. Precisado lo anterior, resulta pertinente indicar que el inciso tercero del precitado artículo 4° de la ley N° 19.260 dispone que las pensiones de vejez, invalidez y las de jubilación por cualquier causa, serán revisables de oficio o a petición de parte, en los casos en que se comprobaren diferencias en la computación de períodos de afiliación o de servicios, en las remuneraciones imponibles consideradas para la determinación del sueldo base de pensión o, en general, cuando existiere cualquier error de cálculo o de hecho en la liquidación. Agrega el inciso cuarto de la misma disposición, que la revisión a que se refiere el inciso anterior, solamente podrá efectuarse dentro del plazo de tres años contados desde el otorgamiento del beneficio o de su respectivo reajuste. En este orden de ideas, cabe hacer presente que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que la solicitante reclamó del monto del beneficio previsional en comento, en primer término, ante el entonces Instituto de Normalización Previsional, quien emitió su respuesta en el año 2003 y, luego, en este Organismo Fiscalizador, derivándose dicha consulta al referido Instituto de Previsión Social, informándole este, en el año 2010, que el término para la revisión impetrada se encuentra vencido, por haber transcurrido más de 3 años entre las presentaciones realizadas al efecto por la peticionaria. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir que el derecho de la señora Román Dobson para solicitar la revisión de su jubilación no contributiva, por gracia, se encuentra prescrito. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 038820N12, de 29 de junio de 2012.

Más sobre Exonerados Políticos y Leyes Reparatorias

  • 11 de febrero de 2025

    Dictamen N° E22701

    La pensión no contributiva por gracia debe solicitarse dentro de dos años desde el fallecimiento del causante y su saldo insoluto prescribe a los cinco años. La sucesión tiene derecho al pago solo de las mensualidades de los cinco años anteriores al fallecimiento.

  • 28 de enero de 2025

    Dictamen N° E14328

    La Contraloría concluye que, como titular de una pensión por gracia de la ley N° 19.234 superior a la PGU, no procede otorgarle esta última; pero si renuncia a esa pensión y opta por su jubilación del régimen previsional común, podría acceder a la PGU completa.

  • 23 de agosto de 2024

    Dictamen N° E531308

    La Contraloría rechaza el recurso de revisión de Sandor Arancibia porque no invoca ninguna causal legal y solo discrepa de la interpretación del oficio N° E211.766, de 2022, que negó reliquidar su pensión no contributiva incluyendo la asignación de responsabilidad superior.

Todos los pronunciamientos sobre Exonerados Políticos y Leyes Reparatorias

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium