Contraloría General de la República · N° 074483N11
Dictamen N° 74.483, de 28 de noviembre de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 74.483 Fecha: 28-XI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Raúl Eduardo Castillo Flores, exonerado político, para reclamar que, a su juicio, se le adeudaría la indemnización por los años de servicios prestados en diversas reparticiones públicas entre los años 1967 y 1983. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que el D.F.L. N° 338, de 1960, antiguo Estatuto Administrativo, que rigió al interesado durante su desempeño en la Administración Pública en el período indicado en el párrafo precedente, no contempla la indemnización por años de servicios que impetra, sino un desahucio regulado en los artículos 102 y siguientes de dicho texto normativo. Así, es necesario advertir que el artículo 382 del citado decreto con fuerza de ley, previene que el derecho al pago de cualquier remuneración vencerá en el lapso de cinco años contados desde la fecha en que se hubiere hecho exigible, añadiendo que prescribirá en el mismo plazo, contado desde la cesación en el cargo, el derecho a reclamar el pago del desahucio. Precisado lo anterior, es menester acotar que en los registros de esta Entidad Contralora aparece que mediante el decreto N° 11.666, de 1967, del entonces Servicio Nacional de Salud, el peticionario comenzó a prestar servicios en el Hospital de Arica, renunciando en abril de 1976. Posteriormente, mediante la resolución N° 251, de 1976, del Ministerio de Hacienda, fue contratado como Oficial Administrativo de la entonces Tesorería Comunal de Arica, en la que cesó sus funciones en diciembre de 1981. Enseguida, es pertinente consignar que de los antecedentes que obran en poder de este Organismo Fiscalizador consta que mediante la Liquidación N° 8.517, de 1983, le fue concedido al solicitante un desahucio en su calidad de ex Oficial Administrativo, grado 29 de la Escala Única de Sueldos, del antiguo Servicio de Tesorerías. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto no cabe sino concluir que el señor Castillo Flores percibió el pago del beneficio reclamado, haciendo presente que, en cualquier caso, su derecho a solicitar cualquier suma en relación a éste se encuentra actualmente prescrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 074483N11, de 28 de noviembre de 2011.
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