Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 020001N11

Dictamen N° 20.001, de 1 de abril de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 20.001 Fecha: 1-IV-2011 La Contraloría Regional del Maule ha remitido una presentación de don Héctor Alejandro Figueroa Cáceres, ex funcionario del Hospital San Juan de Dios de Cauquenes, dependiente del Servicio de Salud del Maule, pensionado en el régimen de la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, quien solicita la revisión de su situación previsional, especialmente en lo relativo a la fecha de la resolución en que fue encasillado en el cargo de Auxiliar, grado 22 de la Escala Única de Sueldos. Requerido de informe, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir el expediente del interesado, señala, en síntesis, que su situación se encuentra en vías de regularización a la espera de un nuevo certificado de rentas solicitado al mencionado Hospital. Sobre el particular, resulta pertinente indicar, en primer término, que por medio de la resolución N° AP-1.163, de 2009, del referido Instituto de Previsión Social, se concedió al peticionario una pensión de jubilación, por causal de vejez, en su calidad de Auxiliar grado 22 de la Escala Única de Sueldos, del Hospital de Cauquenes, más 12% de asignación de antigüedad, por 30 años de servicios computables, por un monto inicial mensual de $279.481.-, a partir del 1 de abril de 2009. Luego, a través del oficio N° 47.684, de 2009, esta Contraloría General, cursó con alcance la resolución que viene de citarse, haciendo presente, en lo que interesa, que el señor Figueroa Cáceres fue encasillado en el aludido cargo de Auxiliar grado 22 de la Escala Única de Sueldos, desde el 1 de julio de 2008, por lo que, para el cálculo de su beneficio, procedía considerar sus rentas en dicho grado a contar de esa fecha. Pues bien, según consta en los registros de este Ente de Control, mediante la resolución N° 188, de 18 de marzo de 2005, del Servicio de Salud del Maule, el recurrente fue ascendido a la antedicha plaza, a partir del 31 de diciembre de 2004 y no desde el 1 de julio de 2008, como se señalara. En virtud de lo anterior, el Instituto de Previsión Social deberá reliquidar el beneficio jubilatorio del solicitante, considerando sus rentas en el señalado grado desde el mes de diciembre de 2004, atendido los nuevos antecedentes mencionados, para lo cual se remite el expediente acompañado. Se reconsidera parcialmente el oficio N° 47.684, de 2009, de esta Entidad Fiscalizadora. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 020001N11, de 1 de abril de 2011.

Más sobre Pensiones del IPS y Montepío

  • 11 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF175283

    La Contraloría toma razón del decreto que transfiere recursos al Instituto de Previsión Social para financiar el bono de complemento de pensión, entendiendo que la retroactividad alude solo a los meses de julio y agosto de 2026, con los alcances señalados.

  • 28 de agosto de 2026

    Dictamen N° D402

    La Contraloría concluye que es legal la revocación de la pensión de gracia del reclamante, pues el Presidente tiene la atribución privativa de otorgarlas y dejarlas sin efecto, y la decisión está suficientemente fundada en los antecedentes penales y en los criterios de la Comisión Asesora, por lo que no es arbitraria.

  • 21 de julio de 2026

    Dictamen N° OF137130

    La Contraloría concluye que, aunque la antigua Ley Orgánica de la ex Caja no menciona a los convivientes civiles, su estado civil se homologa al de viuda, por lo que el IPS debe reconocer el seguro de vida reclamado.

Todos los pronunciamientos sobre Pensiones del IPS y Montepío

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium