Contraloría General de la República · N° 003363N19
Dictamen N° 3.363, de 31 de enero de 2019
Texto del pronunciamiento
N° 3.363 Fecha: 31-I-2019 Esta Entidad de Control ha dado curso a los documentos individualizados en el rubro, que aprueban convenios de administración o explotación de infraestructura costera o de conectividad y otorgamiento de subsidio al servicio de dicha infraestructura en las regiones de Los Lagos, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y Magallanes y de la Antártica Chilena, suscritos por la Dirección de Obras Portuarias, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y la respectiva Empresa Portuaria, pero cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, la autoridad deberá adoptar las medidas tendientes a emitir oportunamente los actos administrativos que se examinan, lo que en la especie ha ocurrido con evidente retraso. Asimismo, que respecto del decreto N° 119 de la suma, la administración o explotación de la infraestructura indicada y sus servicios complementarios que se entregan por el respectivo convenio, corresponden al año 2018, y no como se expresa en su cláusula primera. En el caso del decreto N° 120 del epígrafe, el oficio citado en el considerando N° 16 es el N° 196-3469 y no como ahí se señala. Además, entiende que la información contenida en la última fila de la segunda tabla del anexo N° 2 del convenio que se sanciona, es aplicable para todas las rampas que en ella se individualizan. Adicionalmente, que Puerto Aguirre es una localidad ubicada en la comuna de Aysén, y no como se menciona en las tablas Nos 1 y 2 del anexo N° 4 del citado convenio. Enseguida, en relación al decreto N° 125 del rubro, que la infraestructura costera o de conectividad que se entrega para su administración o explotación, se ubica en la región de Magallanes y de la Antártica Chilena, y no como se estipula en el encabezado de la trascripción del respectivo convenio que se aprueba. Finalmente, precisar que los regímenes tarifarios contenidos en los anexos N° 2, de los decretos N° 120 y 125, ya citados, corresponden a servicios de conectividad, y no como en ellos se mencionan. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República División de Infraestructura y Regulación Subjefe de División
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 003363N19, de 31 de enero de 2019.
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