Contraloría General de la República · N° 051756N13
Dictamen N° 51.756, de 14 de agosto de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 51.756 Fecha: 14-VIII-2013 Se han dirigido a esta Contraloría General las señoras María Luco Montero y María Calderón González, junto con los señores Sebastián Mayanz Salas y Diego Huerta Estay, todos médicos becarios, solicitando el pago de la asignación establecida en el artículo octavo quater de la ley N° 15.076. Requerido de informe, el Servicio de Salud Aconcagua -organismo que dispuso las aludidas especializaciones-, manifestó que ha efectuado el entero del indicado estipendio desde noviembre del año 2011 pero que, sin embargo, no cuenta con los recursos para solventar las cantidades devengadas con anterioridad a esa data. Al respecto, cabe señalar que esta Entidad de Control ha sostenido en sus dictámenes N os 24.343 y 72.430, ambos de 2011, que si bien los becarios no son funcionarios públicos mientras mantengan esa calidad -razón por la cual no gozan de los derechos propios de éstos-, les asisten aquellos beneficios expresamente reconocidos en la citada ley N° 15.076 y en su reglamento contenido en el decreto N° 507, de 1990, del Ministerio de Salud, entre ellos, el pago de la asignación establecida en artículo 8° quater de ese cuerpo legal. En este orden de ideas, el aludido precepto prevé para los profesionales funcionarios y los favorecidos con becas de perfeccionamiento, ambos regidos por la ley N° 15.076, un estipendio mensual de carácter permanente e imponible sólo para efectos de cotizaciones a los fondos de salud y pensiones, cuyo monto será equivalente a la cantidad que resulte de aplicar los porcentajes que se indican, sobre las remuneraciones que allí se especifican. En consecuencia, ese organismo debe adoptar, a la brevedad, las medidas necesarias a fin de regularizar las cantidades adeudadas a los recurrentes. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 051756N13, de 14 de agosto de 2013.
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