Contraloría General de la República · N° 048645N12
Dictamen N° 48.645, de 9 de agosto de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 48.645 Fecha: 09-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María del Pilar Correa Silva, Presidenta, según expone, de la Comisión Fiscalizadora de Finanzas del Comité de Agua Potable Rural Nuevo Porvenir, de Lampa, denunciando diversas irregularidades en la administración de dicha organización. Sobre el particular, cumple indicar que, de conformidad con la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N os 7.459, de 2011, y 22.471, de 2012, este Órgano de Control carece de competencia para intervenir en las actuaciones de las organizaciones comunitarias, o en situaciones producidas en su interior, atendido que, de conformidad con la ley N° 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, las referidas entidades privadas no tienen la calidad de servicio público y, por ende, en dichos aspectos no están sujetas a la fiscalización de este Ente Fiscalizador. En tal entendido, este Organismo debe abstenerse de intervenir en relación con la denuncia formulada. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 048645N12, de 9 de agosto de 2012.
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