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Contraloría General de la República · N° 080208N12

Dictamen N° 80.208, de 26 de diciembre de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 80.208 Fecha: 26-XII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Francia Rodríguez Cabrera, de nacionalidad dominicana, representada por doña Fabiola Asmad Reyes, para solicitar un pronunciamiento en relación al procedimiento mediante el cual se revocó su visación sujeta a contrato de trabajo y se dispuso su abandono del país. Requerido al efecto, el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública informa, en síntesis, que éste se ajustó a la normativa que rige la materia. Sobre el particular cabe señalar, que mediante la resolución exenta N° 57.684 de 2011, del aludido Departamento de Extranjería y Migración, en lo que interesa, se revocó la visa de residencia sujeta a contrato de trabajo, otorgada a la interesada a través de la resolución exenta N° 31.711, de igual año y origen, por haber realizado declaraciones falsas al respecto. Enseguida, el 7 de marzo de 2012, la reclamante pidió la reconsideración de dicho acto administrativo, la que fue rechazada, por extemporánea y por no haber adjuntado antecedentes que permitieran desvirtuar los motivos que fueron tenidos en cuenta al revocar la visa, a través de la resolución exenta N° 79.351, de 1 de agosto de 2012, de igual origen, la que a la fecha del informe remitido por esa repartición, aún no había sido notificada a la interesada. Precisado lo anterior, cabe anotar que en armonía con lo dispuesto en los artículos 66 y 64, N° 2, del decreto ley N° 1.094, de 1975, -que establece normas sobre extranjeros en Chile-, pueden revocarse, en lo pertinente, los permisos concedidos a extranjeros que hubiesen formulado declaraciones falsas al solicitar visaciones y, en general, al efectuar cualquier gestión ante las autoridades chilenas, facultad que, de acuerdo a lo previsto en el inciso primero del artículo 67 del mismo texto legal corresponde al Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Con arreglo a la señalada normativa, el Departamento de Extranjería y Migración emitió la mencionada resolución exenta N° 57.684 de 2011, toda vez que, según la información que le proporcionara la Policía de Investigaciones de Chile, al requerir su visación, la interesada presentó información falsa en lo relativo a su contrato de trabajo. Luego, en cuanto a la resolución exenta N° 79.351, de 2012, que desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por la solicitante, es del caso anotar que consta que la resolución exenta N° 57.684 de 2011, le fue notificada el día 30 de diciembre de 2011, mientras que dicho recurso fue presentado el 7 de marzo de 2012, excediendo el plazo de tres días previsto en el artículo 142° bis del decreto N° 597, de 1984, del Ministerio del Interior, Reglamento de Extranjería. En consecuencia, cabe concluir que el procedimiento cuya revisión se ha requerido se ajusta a la normativa que regula la materia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 080208N12, de 26 de diciembre de 2012.

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