Contraloría General de la República · N° 066219N15
Dictamen N° 66.219, de 19 de agosto de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 66.219 Fecha : 19-VIII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Patricia Muñoz Tapia, profesional funcionaria del Hospital Regional de Coyhaique, consultando si el tiempo que trabajó en la Superintendencia de Seguridad Social, cumpliendo labores de médico, le es útil para efectos del pago de la asignación de antigüedad. Requerida de informe, la indicada superintendencia señaló, en síntesis, que la peticionaria ocupó un cargo profesional en ese organismo, desde abril de 2009 y hasta marzo de 2015, sin emitir su parecer respecto del asunto planteado. Sobre el particular, cabe recordar que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 30 de la ley N° 19.664, los profesionales funcionarios con desempeños en jornadas diurnas en los servicios de salud, percibirán el estipendio en análisis, como un reconocimiento a su permanencia en los mismos, el que se otorgará por cada tres años de ejercicio. A su turno, el artículo 31 de la referida ley establece, en lo que interesa, que serán válidas para esos efectos, las labores prestadas como profesional funcionario en cualquier calidad jurídica, en los Servicios de Salud o en sus antecesores legales y en organismos considerados en la ley N° 19.378. Agrega su inciso segundo, en lo pertinente, que también serán útiles y se podrán reconocer para ese fin, por una sola vez, los tiempos cumplidos como médico cirujano, de planta o a contrata, en las entidades que expresamente indica, dentro de las cuales no queda comprendida la anotada superintendencia. De esta manera, y atendido que el desempeño al que alude la peticionaria no corresponde a ninguno de aquellos que taxativamente señala la citada preceptiva, procede concluir que no le es útil para los fines por los que consulta, tal como se ha informado en situaciones similares, entre otros, en el dictamen N° 34.553, de 2013, de este origen. Transcríbase a la Superintendencia de Seguridad Social. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 066219N15, de 19 de agosto de 2015.
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