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Contraloría General de la República · N° 015173N14

Dictamen N° 15.173, de 27 de febrero de 2014

Texto del pronunciamiento

N° 15.173 Fecha: 27-II-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don José Eduardo Figueroa Malebrán, RUN N° 2.649.382-K, por intermedio de la Dirección de Gestión Ciudadana de la Presidencia de la República, para solicitar nuevamente la revisión de su pensión de jubilación y desahucio, otorgados en el año 1980, por cuanto estima que en el cálculo de ambos beneficios se debió considerar la totalidad del tiempo trabajado, es decir, 33 años y no como se procedió. Sobre el particular, cumple con reiterar que su jubilación se determinó conforme al artículo 25 del decreto con fuerza de ley N° 1.340 bis, de 1930, el cual establece un tiempo máximo para dicho cálculo de 30 años. En cambio, el desahucio se calculó de acuerdo a 24 mensualidades, según lo establece el artículo 103 del decreto con fuerza de ley 338, de 1960, sin que, en esta oportunidad, el recurrente haga valer nuevas alegaciones que permitan variar lo resuelto. En todo caso, cabe señalar que cualquier acción tendiente a requerir la modificación de los referidos beneficios se encuentra prescrita, por haber transcurrido más de 5 años desde la fecha de su otorgamiento acorde con los artículos 2515 del Código Civil, y 382 del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, aplicables en la especie. Por lo tanto, se desestima la petición del señor Figueroa Malebrán. Transcríbase a la Dirección de Gestión Ciudadana de la Presidencia de la República. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 015173N14, de 27 de febrero de 2014.

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