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Contraloría General de la República · N° 025106N16

Dictamen N° 25.106, de 5 de abril de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 25.106 Fecha: 05-IV-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Dorca Cárcamo Zagal, funcionaria del Centro de Salud Familiar Eduardo Frei Montalva de la Municipalidad de La Cisterna, reclamando en contra del proceso de calificaciones correspondiente al período 2014-2015. Sobre el particular, cabe manifestar que de acuerdo con lo previsto en el artículo 47 y en el inciso primero del artículo 156, ambos de la ley N° 18.883 -aplicable supletoriamente en la especie conforme a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 4° de la ley N° 19.378-, a esta Contraloría General solo le corresponde intervenir en los procesos calificatorios de los funcionarios, que hagan uso del recurso especial de reclamación dentro del plazo de 10 días hábiles, contado desde que se les notifica el fallo de la apelación deducida en contra de la resolución del pertinente órgano colegiado (aplica criterio contenido en el dictamen N° 16.884, de 2016). Ahora bien, de la documentación tenida a la vista, aparece que esta fue notificada del resultado de su apelación con fecha 27 de enero de 2016, habiendo deducido ante esta Contraloría General el recurso de reclamación que le otorga la normativa precedentemente reseñada el día 9 de marzo de esa anualidad, es decir, una vez vencido el aludido término de diez días. En consecuencia, corresponde desestimar por extemporánea la presentación de la peticionaria respecto de su proceso calificatorio. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 025106N16, de 5 de abril de 2016.

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