Contraloría General de la República · N° 067609N10
Dictamen N° 67.609, de 12 de noviembre de 2010
Texto del pronunciamiento
N° 67.609 Fecha: 12-XI-2010 Se ha dirigido a esta Entidad de Control, ex funcionaria de la Municipalidad de La Pintana, reclamando en contra de la medida disciplinaria de destitución que le ha sido impuesta por el decreto alcaldicio N° 1.900/881, de 31 de agosto de 2010 -registrado con fecha 5 de octubre de 2010-, al término de la investigación sumaria instruida en ese municipio por decreto N° 1.900/659, del mismo año. Solicita, asimismo, un pronunciamiento en relación a la procedencia de que sea notificada una medida disciplinaria mientras se goza de licencia médica y se disponga el pago íntegro de las licencias médicas que indica, toda vez que le fueron rechazadas por término de la relación laboral, a partir del 1° de septiembre del año en curso. Sobre el particular, cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Entidad Fiscalizadora, en relación con el inciso final del artículo 54 de la ley N° 19.880 -que establece bases del procedimiento administrativo que rige los actos de los Órganos de la Administración del Estado-, esta Contraloría General no puede intervenir ni informar en asuntos que estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia. Ahora bien, a través del oficio N° 1057-2010, de la I. Corte de Apelaciones de San Miguel y del oficio N° 59/3516, de 2010, de la Municipalidad de La Pintana, está Entidad de Control ha tomado conocimiento que la recurrente, en base a los mismos hechos que motivan sus presentaciones, ha deducido ante ese Tribunal de Alzada, un recurso de protección, Ingreso Corte N° 220-2010, impugnando el proceso disciplinario instruido en su contra y la medida disciplinaria impuesta a su término por la Municipalidad de La Pintana. En consecuencia y en mérito de lo expuesto, este Organismo Fiscalizador debe abstenerse dé emitir el pronunciamiento solicitado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 067609N10, de 12 de noviembre de 2010.
Artículos que cita
Más sobre Medidas Disciplinarias
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La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.
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