Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 012782N20

Dictamen N° 12.782, de 1 de diciembre de 2020

Texto del pronunciamiento

N° 12.782 Fecha: 01-XII-2020 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Eugenio Denegri Morales, RUT N° 5.894.520-K, quien solicita la revisión de su desahucio otorgado mediante la liquidación y giro N° 497, de 2019, dado que estima que se debió considerar todo el período trabajado y no solo 24 años, como se procedió. Al respecto, cumple con expresar que el indicado beneficio indemnizatorio consiste en el pago de un monto equivalente a un mes de la última remuneración imponible y computable para tal efecto, por cada año o fracción superior a seis meses de servicios, sin que se pueda exceder de veinticuatro veces dicho valor, de acuerdo con el artículo 103 del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, aun cuando el período trabajado en la Administración Pública sea superior a similar número de anualidades. Aclarado lo anterior, cumple con manifestar que dicho desahucio fue concedido al peticionario, de conformidad con lo previsto en el artículo 9° transitorio de la ley N° 19.664, que establece que los profesionales funcionarios regidos por ese cuerpo legal, como el caso del interesado, que a la fecha de su entrada en vigencia, esto es, el 1 de agosto de 2000, y que estuvieren afectos al régimen de desahucio del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, continuaron efectuando sus cotizaciones sobre un monto equivalente al total de las remuneraciones que sean imponibles para esos efectos en el mes anterior a dicha data, el que se reajusta en los mismos porcentajes y oportunidades en que lo hacen las remuneraciones del sector público y servirá de base para el pago del beneficio. En consecuencia, en la situación del recurrente, el monto de la renta sobre la que se efectuó el cálculo del beneficio indemnizatorio se configuro con el sueldo base que correspondía a la jornada de 22 horas, más 72% de trienios, estipendios éstos que a la citada fecha, eran los que tenían el carácter de imponibles para desahucio, habiéndose incrementado la cantidad resultante con los reajustes de remuneraciones otorgados al sector público hasta el 31 de diciembre de 2017, obteniéndose un monto global de $ 305.290, el que multiplicado por 24 años de tiempo máximo computable origina la suma de $7.326.960, que se pagó a título de desahucio. Por lo tanto, se desestima la petición del señor Denegri Morales y se ratifica la citada liquidación y giro N° 497, de 2019. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General David Inda Costa Jefe (S) del Departamento de Previsión Social y Personal

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 012782N20, de 1 de diciembre de 2020.

Más sobre Pensiones del IPS y Montepío

  • 11 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF175283

    La Contraloría toma razón del decreto que transfiere recursos al Instituto de Previsión Social para financiar el bono de complemento de pensión, entendiendo que la retroactividad alude solo a los meses de julio y agosto de 2026, con los alcances señalados.

  • 28 de agosto de 2026

    Dictamen N° D402

    La Contraloría concluye que es legal la revocación de la pensión de gracia del reclamante, pues el Presidente tiene la atribución privativa de otorgarlas y dejarlas sin efecto, y la decisión está suficientemente fundada en los antecedentes penales y en los criterios de la Comisión Asesora, por lo que no es arbitraria.

  • 21 de julio de 2026

    Dictamen N° OF137130

    La Contraloría concluye que, aunque la antigua Ley Orgánica de la ex Caja no menciona a los convivientes civiles, su estado civil se homologa al de viuda, por lo que el IPS debe reconocer el seguro de vida reclamado.

Todos los pronunciamientos sobre Pensiones del IPS y Montepío

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium