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Contraloría General de la República · N° 089891N16

Dictamen N° 89.891, de 15 de diciembre de 2016

Texto del pronunciamiento

N° 89.891 Fecha: 15-XII-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución de la suma que aprueba el convenio de cooperación y transferencia de recursos suscrito con fecha 13 de octubre de 2016, entre el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y la Dirección de Obras Portuarias, para la realización de los diseños de los proyectos que detalla, por los motivos que se expresan a continuación: 1. De los antecedentes tenidos a la vista, se advierte que el convenio de que se trata no puede estimarse como un acuerdo de transferencia de recursos, toda vez que no tiene por objeto pasar fondos, determinados en cuanto a su monto y origen, a una de las partes, sino que sólo alude a un compromiso en orden a que durante la vigencia del convenio y con cargo a los programas que se indican se efectuarán traspasos de recursos a la indicada dirección en conformidad a la Ley de Presupuestos del Sector Público y condicionado a que ellos se obtengan mediante la aprobación por decreto del Ministerio de Hacienda. Ello se confirma, por lo demás, si se tiene presente que la imputación contenida en el resuelvo N° 2, del acto en examen se hace en referencia a la partida, capítulo y programas presupuestarios que indica, y no a nivel de ítem como correspondería a una transferencia, lo que, por lo demás, permitiría conocer la disponibilidad de fondos suficientes para los fines que se persiguen. En ese contexto, tampoco se puede verificar la legalidad de lo dispuesto en las cláusulas segunda y cuarta, donde se hace referencia a la posibilidad de contratar profesionales “con cargo a las fichas de Iniciativa de Inversión (IDI) respectivas”, ni de lo afirmado en el segundo párrafo de la cláusula tercera, en cuanto a que los recursos que se transferirían no se incorporarían al presupuesto de la mencionada dirección. 2. En la cláusula primera del acuerdo de voluntades se hace alusión a los programas de campamento, de pequeñas localidades y de construcción de parques urbanos de la singularizada cartera de Estado, sin embargo, no se advierte la relación entre aquellos y los proyectos objeto del convenio ni el fundamento jurídico para financiarlos con cargo a los mismos, a lo que es dable manifestar, que de acuerdo a la Ley de Presupuestos del Sector Público, año 2016, los fondos consultados para los programas de pequeñas localidades y de construcción de parques urbanos se prevén solo para los servicios de vivienda y urbanización. 3. Finalmente, es del caso observar que no se acompañó información que dé cuenta del contenido de los proyectos sobre los cuales recae el acuerdo de voluntades, lo que no permite verificar si acorde a lo dispuesto en el artículo 19 del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas -que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.840 y del decreto con fuerza de ley N° 206, de 1960-, aquellos se enmarcan en alguna de las facultades de la nombrada dirección. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 089891N16, de 15 de diciembre de 2016.

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