Contraloría General de la República · N° 069859N12
Dictamen N° 69.859, de 9 de noviembre de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 69.859 Fecha: 09-XI-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Vilma Alvarado Ramos, de nacionalidad peruana, representada por doña Fabiola Asmad Reyes, para impetrar un pronunciamiento relativo al procedimiento mediante el cual se rechazó su solicitud de visación sujeta a contrato de trabajo. Requerido al efecto, el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública informa, en síntesis, que éste se ajustó a la normativa que rige la materia. Asimismo, hace presente que, de acuerdo con lo informado por la Policía de Investigaciones de Chile, todos los contratos celebrados por la persona que figura como empleador de la reclamante, se han realizado en forma fraudulenta, hecho que actualmente se encuentra siendo investigado por la respectiva Fiscalía. Sobre el particular cabe señalar, que mediante la resolución exenta N° 59.319, de 2009, del aludido Departamento de Extranjería y Migración, se otorgó visa sujeta a contrato a la recurrente. Enseguida, es del caso mencionar que el referido acto fue dejado sin efecto por la resolución exenta N° 71.400, de 2009, del indicado origen, pues la solicitante acompañó antecedentes falsos en lo que respecta a su contrato de trabajo. Precisado lo anterior, es menester hacer presente que al tenor de lo preceptuado en el artículo 62 del decreto ley N° 1.094, de 1975 -que establece normas sobre extranjeros en Chile-, para resolver sobre el otorgamiento de visaciones deberán considerarse las causales de rechazo que se consignan en los artículos 63, 64, 65 y 66 de ese texto legal. Enseguida, es dable indicar que el N° 2 del artículo 64 del mencionado decreto ley dispone, en lo que interesa, que pueden rechazarse las solicitudes de los peticionarios que hagan declaraciones falsas al requerir visaciones, y, en general, al efectuar cualquier gestión ante las autoridades chilenas, facultad que, de acuerdo con el artículo 141° del decreto N° 597, de 1984, del Ministerio del Interior -Reglamento de Extranjería-, corresponde al Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Con arreglo a la revisada normativa, el Departamento de Extranjería y Migración emitió la anotada resolución exenta N° 71.400, de 2009, toda vez que, conforme con los antecedentes que le proporcionara la Policía de Investigaciones de Chile, al solicitar su visación, la interesada presentó información que resultó ser falsa. El referido acto administrativo en su parte expositiva y considerativa señala las circunstancias de hecho y de derecho en las cuales basa su decisión, de lo que se sigue que la indicada resolución exenta constituye un acto fundado, dictado por la autoridad competente, en el ejercicio de sus facultades discrecionales y sobre la base de disposiciones legales y reglamentarias que hacen procedente la medida adoptada. En consecuencia, de los antecedentes tenidos a la vista y las disposiciones legales reseñadas, se estima que tanto la dictación del acto administrativo revisado, como el procedimiento en que fue emitido, se ajustan a derecho. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 069859N12, de 9 de noviembre de 2012.
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