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Contraloría General de la República · N° 077316N12

Dictamen N° 77.316, de 12 de diciembre de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 77.316 Fecha: 12-XII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María Gabriela Sarrás Sáez, exempleada de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, solicitando la intervención de este Organismo Contralor respecto de la investigación sumaria que la afecta y dando cuenta de los actos de acoso laboral de que habría sido objeto. Sobre el particular, cabe señalar que este Ente de Fiscalización se encuentra impedido de intervenir en relación con situaciones laborales acaecidas en las corporaciones municipales a que se refiere el artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980, del entonces Ministerio del Interior -como sucede con la entidad de la especie-, por cuanto como estas constituyen personas jurídicas de derecho privado, el personal que en ellas ejerce sus funciones no reviste la condición de funcionario municipal, sino que se trata de servidores particulares, correspondiendo, en consecuencia, a la Dirección del Trabajo atender las presentaciones que ellos formulen. Al respecto, es pertinente recordar que en los dictámenes N°s. 69.200, de 2010, y 25.303, de 2011, entre otros, esta Contraloría General ha precisado que está legalmente facultada para fiscalizar a las corporaciones municipales de que se trata, en los términos señalados en los artículos 25 de su ley orgánica N° 10.336, y 136 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, los cuales, en términos generales, se circunscriben a las atribuciones relativas al control de sus recursos financieros, sin que pueda extenderse a otras materias. En este contexto, este Órgano Contralor, a través del oficio N° 67.423, de 2012, remitió a la Dirección del Trabajo la presentación ingresada con el N° 222.090, del mismo año, mediante la cual la interesada reclama en contra del proceso sumarial que la afecta. En consecuencia y atendido lo previsto en el artículo 14 de la ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, se remite la presentación de la suma, por corresponderle resolver a su respecto y dar respuesta directa sobre el particular a quien recurre. De acuerdo a lo requerido por la recurrente, se remite el presente oficio al correo electrónico [email protected]. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 077316N12, de 12 de diciembre de 2012.

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