Contraloría General de la República · N° 047678N11
Dictamen N° 47.678, de 28 de julio de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 47.678 Fecha: 28-VII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Jefe de la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, para informar que no es posible dar cumplimiento al oficio N° 32.696, de 2011, de esta Entidad Fiscalizadora, en atención a las razones que invoca. Al respecto, cabe manifestar que por medio del citado oficio N° 32.696, de 2011, este Órgano de Control estableció que la aludida Oficina debe evaluar la procedencia de otorgar la calidad de exonerado político a don Maximiliano Alfredo Palma Rojas, ex funcionario de la Universidad de Santiago de Chile, respecto del cargo de Académico Jornada Completa, Nivel B, grado 7, que sirvió en la mencionada Casa de Estudios Superiores, cuyo cese de funciones ocurrió el 1 de septiembre de 1981, y así poder acceder a un segundo beneficio no contributivo. Ahora bien, en lo relativo al argumento invocado por la mencionada Oficina de Exonerados Políticos, en cuanto a que el señor Palma Rojas debería haber presentado una solicitud diferente a la primitiva, dentro del plazo a que alude la ley N° 19.881, para acceder al reconocimiento como exonerado político por el cese antedicho, es dable anotar que ello no resulta procedente, toda vez que la jurisprudencia administrativa de este Organismo Contralor, contenida, entre otros, en los dictámenes N° s. 41.009, de 1996 y 29.221, de 2000, concluyó que el hecho de haberse acogido oportunamente a la ley N° 19.234 y sus modificaciones, aun en el evento que no se hubiere requerido expresamente una pensión no contributiva, por gracia, resulta suficiente para acceder a dicho beneficio, si se cumplen los requisitos para ello. Junto con lo anterior, es útil hacer presente que de acuerdo con los principios que conforman el sistema de seguridad social en nuestra legislación, la petición de otorgamiento de beneficios previsionales, no constituye un acto formal y, por consiguiente, cualquier actitud del interesado que manifieste, ante la autoridad, su intención de jubilar u obtener una pensión o montepío, debe estimarse un requerimiento tendiente a lograr ese objetivo; así lo ha entendido esta Contraloría General, en los oficios N° s. 4.293, de 1979, 27.846, de 1984, 25.195, de 1999 y 4.279, de 2004. En consecuencia, con el mérito de la jurisprudencia analizada, corresponde que esa Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública dé cumplimiento al precitado oficio N° 32.696, de 2011, de este origen, y evalúe la procedencia de otorgar esa calidad al señor Palma Rojas por el cargo de Académico Jornada Completa, Nivel B, grado 7, desempeñado en la Universidad de Santiago de Chile. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 047678N11, de 28 de julio de 2011.
Más sobre Exonerados Políticos y Leyes Reparatorias
-
La pensión no contributiva por gracia debe solicitarse dentro de dos años desde el fallecimiento del causante y su saldo insoluto prescribe a los cinco años. La sucesión tiene derecho al pago solo de las mensualidades de los cinco años anteriores al fallecimiento.
-
La Contraloría concluye que, como titular de una pensión por gracia de la ley N° 19.234 superior a la PGU, no procede otorgarle esta última; pero si renuncia a esa pensión y opta por su jubilación del régimen previsional común, podría acceder a la PGU completa.
-
La Contraloría rechaza el recurso de revisión de Sandor Arancibia porque no invoca ninguna causal legal y solo discrepa de la interpretación del oficio N° E211.766, de 2022, que negó reliquidar su pensión no contributiva incluyendo la asignación de responsabilidad superior.
Todos los pronunciamientos sobre Exonerados Políticos y Leyes Reparatorias
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.