Contraloría General de la República · N° 040802N15
Dictamen N° 40.802, de 22 de mayo de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 40.802 Fecha: 22-V-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Oscar Galleguillos Maureira, exonerado político de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, para solicitar que se incorpore en el cálculo de su pensión, el 25% de las utilidades a que se refiere el artículo 51 del decreto N° 307, de 1970, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fijó el texto definitivo del Estatuto de los Trabajadores del Cobre. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social manifiesta que el beneficio no contributivo del recurrente se determinó de conformidad a la normativa aplicable. Sobre el particular, cabe señalar que esta Entidad de Control, en su dictamen N° 55.553, de 2011, concluyó, en lo que interesa, que la gratificación impetrada solo puede incluirse en el cálculo de las prestaciones no contributivas de los exonerados de la citada corporación que percibieron ese beneficio de forma independiente de los demás componentes de su remuneración de naturaleza imponible. Ahora bien, según lo informado por el aludido instituto, mediante la resolución N° 4.404, de 2009, del ex Ministerio del Interior, se reconoció la calidad de exonerado político del peticionario y se le otorgó una pensión no contributiva a contar del 1 de septiembre de 2003, fijada en virtud del inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234, no incorporándose el emolumento invocado, por no constar que lo haya recibido de la manera indicada en los tres meses previos a su cese. Siendo ello así, se desestima la pretensión del señor Oscar Galleguillos Maureira. Transcríbase al Instituto de Previsión Social. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 040802N15, de 22 de mayo de 2015.
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