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Contraloría General de la República · N° E267935N22

Dictamen N° E267935, de 18 de octubre de 2022

Sumario

La Contraloría concluye que no hay irregularidad en el convenio entre el Ministerio de Ciencia y la Convención Constitucional para compartir una aplicación digital, pues la ley presupuestaria permite a la Convención suscribir convenios con entidades públicas para fines de participación ciudadana.

Texto del pronunciamiento

Nº E267935 Fecha: 18-X-2022 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Juan Ríos Van Der Schraft, solicitando un pronunciamiento sobre la juridicidad de un convenio de colaboración celebrado por el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación con la Convención Constitucional, que tuvo por objeto compartir la implementación de una aplicación digital vinculada al trabajo de esta última y destinada a informar a la ciudadanía sobre esa labor. Requeridas al efecto, la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación y la Subsecretaría General de la Presidencia emitieron los informes pertinentes. Como cuestión previa, cabe hacer presente que mediante su decreto exento N° 63, de 18 de mayo de 2022, el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación aprobó un convenio con la Convención Constitucional, el cual, según su cláusula segunda, “tiene por objeto compartir la aplicación distribuible del sistema computacional denominado ‘Convención Constitucional’, desde el Ministerio a la Convención Constitucional, además de apoyar su implementación, generando una instancia de colaboración entre ambos organismos y manteniendo apoyo mutuo ante mejoras y actualizaciones que puedan ir surgiendo en el tiempo”. Ello, como se agrega en dicha cláusula, a fin de “poner a disposición de la ciudadanía una herramienta que permita de manera sencilla e intuitiva seguir las noticias, información, debates y aprobación de normas del órgano constituyente”. Sobre el particular, cabe señalar que la ley N° 21.395, de Presupuestos del Sector Público para el año 2022, consultó financiamiento en la Partida 22, Capítulo 01, Programa 08, del presupuesto del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, para el funcionamiento de la aludida Convención Constitucional y, en particular, para el apoyo técnico, administrativo y financiero que fuere conducente, por lo que el legislador la ha dotado de recursos físicos y financieros; contemplándose en su glosa 06, que ella también podrá suscribir convenios con entidades públicas para que financien actividades de participación ciudadana con cargo a sus propios presupuestos, en el marco de sus competencias. En dicho contexto normativo, no se advierte irregularidad en el proceder del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación en la suscripción del cuestionado convenio, debiendo hacer presente que, en ejecución del mismo, siempre debe actuar dentro de sus competencias, sin utilizar sus bienes o recursos en fines distintos a los que la ley les permite. Saluda atentamente a Ud. JORGE BERMÚDEZ SOTO Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E267935N22, de 18 de octubre de 2022.

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