Contraloría General de la República · N° 043155N12
Dictamen N° 43.155, de 18 de julio de 2012
Texto del pronunciamiento
N° 43.155 Fecha:18-VII-2012 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N°24, de 2012, de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, que impone la sanción de multa de un 10% de su remuneración mensual, a la señora Nora Pantoja Gutiérrez, por cuanto a la fecha de emitirse el referido acto administrativo, dicha funcionaria se desempeñaba en la Dirección Nacional de esa institución penitenciaria, de modo que, de conformidad con lo señalado en la jurisprudencia de esta Entidad Fiscalizadora, contenida en los dictámenes N os 70.065, de 2011 y 4.865, de 2012, entre otros, es atribución de esa jefatura superior hacer efectiva la responsabilidad administrativa de aquélla, no pudiendo tal autoridad modificar lo resuelto por la que ordenó incoar el proceso sumarial de que se trata. En consecuencia, se representa la resolución de la suma, a fin de que se arbitren las medidas tendientes a subsanar la objeción formulada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 043155N12, de 18 de julio de 2012.
Más sobre Medidas Disciplinarias
-
La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.
-
La Contraloría concluye que la suspensión preventiva en un sumario computa también sábados, domingos y festivos, por lo que si el funcionario desempeñó funciones menos de seis meses, no debió ser calificado; la Municipalidad de San Bernardo debe revisar y, de verificarse, anular esa calificación.
-
La Contraloría aclara que las corporaciones municipales son entidades privadas cuyos empleados no son funcionarios públicos, por lo que no les aplican los artículos 156 y 157 de la ley N° 10.336. Concluye rechazando la reconsideración solicitada por CORMUMEL.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.