Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 041464N10

Dictamen N° 41.464, de 26 de julio de 2010

Texto del pronunciamiento

N° 41.464 Fecha: 26-VII-2010 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General la señora Clara Krupskaia García Concha, ex empleada del antiguo Banco de Santiago, exonerada política, representada por don Kenny Omar Burgos Córdova, para solicitar un pronunciamiento respecto del derecho que, a su juicio, le asiste para obtener una pensión no contributiva, por gracia. Sobre el particular, es dable manifestar que a través de los oficios N° s. 68.239, de 2009 y 30.031, de 2010, ambos de este Organismo de Control, se concluyó que la señora García Concha no tiene derecho a percibir una pensión no contributiva, por gracia, por cuanto se comprobó que el bono de reconocimiento emitido a su favor fue cedido a una Compañía de Seguros en el año 1999, encontrándose éste comprometido en la jubilación de la que es titular en el régimen del D.L. N° 3.500, de 1980. Asimismo, se estableció que no es relevante en la especie que el bono de reconocimiento que favoreció a la recurrente se hubiere encontrado conformado sólo por las imposiciones enteradas a partir del 1 de octubre de 1973, toda vez que, tal como se informara en el dictamen N° 18.389, de 2000, de esta Entidad Fiscalizadora, la Ley de Exonerados Políticos no permite acceder a un doble beneficio, abono de tiempo por gracia y pensión no contributiva, por vía de las cotizaciones efectuadas por cualquier concepto, antes del 10 de marzo de 1990, en el antiguo sistema previsional. En consecuencia, en atención a que en esta oportunidad no se acompañaron antecedentes nuevos y distintos a los ya analizados, que permitan alterar lo concluido, sólo cabe ratificar en todas sus partes los oficios N° s. 68.239, de 2009, y 30.031, de 2010, ambos de este Órgano Contralor. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 041464N10, de 26 de julio de 2010.

Más sobre Exonerados Políticos y Leyes Reparatorias

  • 11 de febrero de 2025

    Dictamen N° E22701

    La pensión no contributiva por gracia debe solicitarse dentro de dos años desde el fallecimiento del causante y su saldo insoluto prescribe a los cinco años. La sucesión tiene derecho al pago solo de las mensualidades de los cinco años anteriores al fallecimiento.

  • 28 de enero de 2025

    Dictamen N° E14328

    La Contraloría concluye que, como titular de una pensión por gracia de la ley N° 19.234 superior a la PGU, no procede otorgarle esta última; pero si renuncia a esa pensión y opta por su jubilación del régimen previsional común, podría acceder a la PGU completa.

  • 23 de agosto de 2024

    Dictamen N° E531308

    La Contraloría rechaza el recurso de revisión de Sandor Arancibia porque no invoca ninguna causal legal y solo discrepa de la interpretación del oficio N° E211.766, de 2022, que negó reliquidar su pensión no contributiva incluyendo la asignación de responsabilidad superior.

Todos los pronunciamientos sobre Exonerados Políticos y Leyes Reparatorias

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium