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Contraloría General de la República · N° 046053N13

Dictamen N° 46.053, de 22 de julio de 2013

Texto del pronunciamiento

N° 46.053 Fecha: 22-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Fabiola Farías Gontupil, funcionaria de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, reclamando en contra de ese organismo, por cuanto expresa que durante el mes de diciembre del año 2011 -período en que se encontró gozando del permiso postnatal parental-, no se le habría pagado íntegramente la asignación de modernización y además, se le efectuó un descuento en sus rentas. Requerido su informe, la aludida repartición manifestó, en síntesis, que el otorgamiento del mencionado emolumento se ajustó a derecho, agregando que la deducción impugnada tuvo por objeto adecuar las cantidades pagadas a la recurrente a la suma que debía recibir, por concepto de subsidio. Sobre el particular, es menester considerar que según el artículo 6° de la ley N° 20.545, las y los servidores del sector público tendrán derecho al permiso postnatal parental y al subsidio que éste origine en los términos del artículo 197 bis del Código del Trabajo, calculado conforme a las reglas del decreto con fuerza de ley N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. En este contexto, resulta conveniente recordar que, la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 31.132 y 47.621, ambos de 2012, ha manifestado que durante el período de permiso postnatal parental los funcionarios no percibirán remuneraciones, sino el mencionado subsidio. Por su parte, cabe destacar que el artículo 1° de la ley N° 19.553, concede una asignación de modernización a los empleados que señala, que se otorgará en cuatro cuotas en los meses que indica, beneficio que, tal como se expresó en el citado oficio N° 31.132, de 2012, se devenga mes a mes durante el año de su pago, sin perjuicio que su entero se haga en forma trimestral. Enseguida, cumple con hacer presente, tal como se informó por esta Contraloría General en el dictamen N° 37.457, de 2013, que por el tiempo en que las trabajadoras hacen uso de la licencia médica anterior al descanso en comento, tienen derecho a continuar percibiendo el total de sus emolumentos. De lo expuesto, se desprende que a las empleadas que hagan uso del reposo postnatal parental durante el respectivo trimestre, sólo les corresponde recibir el estipendio por el cual se consulta según las cantidades que hubieran devengado en dicho período, tal como ocurrió en la especie. En efecto, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la recurrente utilizó el permiso postnatal parental desde el 21 de octubre hasta el 29 de diciembre de 2011, razón por la que esa institución, de acuerdo a la normativa y jurisprudencia citada, le otorgó la cuarta cuota de ese año del mencionado beneficio excluyendo dicho lapso, actuación que, por lo antes anotado, se ajustó a derecho. Finalmente, en relación al descuento a que alude la interesada, del estudio de la documentación adjunta se desprende, tal como informa ese servicio, que únicamente tuvo por objeto adecuar de manera contable el monto que se le enteró por concepto de subsidio en el mes de diciembre de 2011. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 046053N13, de 22 de julio de 2013.

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