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Contraloría General de la República · N° 010891N14

Dictamen N° 10.891, de 12 de febrero de 2014

Texto del pronunciamiento

N° 10.891 Fecha: 12-II-2014 Se han dirigido a esta Contraloría General los señores Agustín Hernández Arcos y Gabriel Reyes Rodríguez, y las señoras Eda Gómez Castillo y Jenniffer Vera Martínez, todos exfuncionarios del Departamento de Salud de San Ramón, reclamando en contra del respectivo órgano comunal, por cuanto según exponen, este les puso término injustificadamente a sus contrataciones a plazo fijo en el mes de marzo del año 2013. Sobre el particular, cabe manifestar que de conformidad con lo establecido en el artículo 156, inciso primero, de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales -aplicable supletoriamente en la especie en virtud de lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal-, los servidores pueden reclamar ante esta Entidad Fiscalizadora, cuando se hubieren producido infracciones de legalidad que afectaren los derechos que les confiere ese cuerpo normativo, a cuyo efecto tendrán un plazo de diez días hábiles, contado desde que tuvieren conocimiento de la situación, resolución o actuación que dio lugar al vicio que se alegue. Pues bien, de acuerdo a la documentación tenida a la vista, particularmente del certificado emitido por el secretario municipal, las contrataciones de los recurrentes fueron dispuestas a plazo fijo y sin que pudieran exceder del 28 de febrero o 31 de marzo de 2013, según el caso, de modo que los reclamos deducidos ante esta Contraloría General el 7 de enero de 2014, resultan extemporáneos (aplica dictamen N° 74.315, de 2013). Por lo tanto, en mérito de lo expuesto, no cabe sino rechazar las reclamaciones del rubro. Transcríbase a la Municipalidad de San Ramón y a los demás interesados. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 010891N14, de 12 de febrero de 2014.

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