Contraloría General de la República · N° 019292N18
Dictamen N° 19.292, de 1 de agosto de 2018
Texto del pronunciamiento
N ° 19.292 Fecha: 01-VIII-2018 Se ha dirigido a esta Entidad de Control el señor Christian Ramos Ramos, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando, por las razones que expone, la reconsideración del dictamen N° 84.069, de 2016, de este origen. En su informe, esa institución policial manifestó, en síntesis, que la sanción de dos días de arresto que se le aplicó al recurrente en el año 2016, se ajustó a la normativa que regula la materia. Al respecto, conviene recordar que a través del dictamen cuya reconsideración se solicita se concluyó que aquel castigo impuesto al señor Ramos Ramos, se ajustó a derecho, por cuanto, si bien a esta Contraloría General le corresponde amparar la normativa que asegure el respeto al debido proceso, en dicho ejercicio no sustituye a la Administración activa en la valoración de los elementos de convicción destinados a establecer un juicio acerca de la responsabilidad disciplinaria del empleado, pudiendo representar lo realizado si se advierte una irregularidad o arbitrariedad en su tramitación y conclusión, lo que del examen de la documentación tenida a la vista en esa oportunidad, no constaba que hubiese ocurrido. Seguidamente, es preciso recordar que esta Entidad Fiscalizadora en su oficio N° 5.344, de 2018, expresó, en relación con un reclamo en contra de una medida disciplinaria que le fue aplicada a un exfuncionario de Carabineros de Chile, que la existencia de un eventual pronunciamiento favorable resultaría inoficioso, ya que aquel no poseería la virtud de revertir su condición funcionaria. Hecha tal precisión, se debe advertir que esta Contraloría General ha tomado conocimiento que, mediante la resolución exenta N° 120, de 2018, de Carabineros de Chile, se aceptó la renuncia voluntaria al empleo del señor Christian Ramos Ramos, a contar del día 23 de febrero del mismo año. Puntualizado lo anterior, atendida la información antes señalada, vinculada con la pérdida de la condición de empleado público del peticionario, se debe concluir, acorde con el criterio contenido en el anotado oficio N° 5.344, de 2018, de este origen, que carece de sentido pronunciarse sobre la licitud de tal medida disciplinaria, por estimarse que un eventual pronunciamiento beneficioso para el peticionario no tendría la aptitud de modificar su situación funcionaria, por lo que se ratifica el aludido dictamen N° 84.069, de 2016. Finalmente, en atención al razonamiento expresado anteriormente, procede reconsiderar el oficio N° 12.719, de 2018, de esta procedencia, que ordenó a Carabineros de Chile reabrir un proceso disciplinario incoado en contra del señor Christian Ramos Ramos. Devuélvase expediente sumarial a Carabineros de Chile, compuesto por un tomo. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General la República Marta Morales del Río Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 019292N18, de 1 de agosto de 2018.
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