Contraloría General de la República · N° 043859N11
Dictamen N° 43.859, de 12 de julio de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 43.859 Fecha: 12-VII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Inés Zavala Lehuedé, funcionaria de la Municipalidad de Lo Barnechea, solicitando se le informe acerca de las gestiones recaídas en una presentación efectuada con anterioridad ante este organismo de control, a través de la cual reclamaba del mérito y la legalidad de la medida disciplinaria de multa del cinco por ciento de su remuneración mensual, aplicada por ese municipio, mediante el decreto N° 3.665, de 2009. Al respecto, es del caso señalar que con ocasión de la primera presentación deducida por la recurrente, esta entidad de fiscalización emitió el oficio N° 56.178, de 2010, por cuyo intermedio se abstuvo de pronunciarse sobre la reclamación de aquélla, atendido que el citado decreto N° 3.665, de 2009, no había sido remitido por el municipio para el trámite de registro, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 53 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, razón por la cual, en el mismo oficio, se requirió a esa municipalidad a fin de que remitiera, a la brevedad, dicho decreto con sus antecedentes sumariales. En virtud de lo anterior, la aludida entidad edilicia, por oficio N° 10, de 24 de marzo de 2011, informó que la investigación sumaria que dio origen al mencionado decreto, se extravió desde el Departamento de Recursos Humanos sin que hasta la fecha haya sido posible ubicarla. En relación con lo expuesto, esta Contraloría General cumple con manifestar que la Municipalidad de Lo Barnechea deberá proceder a la reconstitución del expediente extraviado, a fin de que esta entidad de control pueda, por una parte, atender la reclamación formulada por la interesada, y, por otra, proceder al registro del aludido decreto N° 3.665, de 2009 (aplica criterio contenido en el dictamen N° 31.011, de 2009). Del mismo modo, deberá ordenar la instrucción de un procedimiento sumarial con el objeto de determinar la responsabilidad administrativa que afecte a quienes les sea imputable el extravío de dicho expediente, informando de ello en el más breve plazo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 043859N11, de 12 de julio de 2011.
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