Contraloría General de la República · N° 037062N11
Dictamen N° 37.062, de 10 de junio de 2011
Texto del pronunciamiento
N° 37.062 Fecha: 10-VI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Lilian Betzabé Villarroel Orbenes, profesional de la educación, dependiente de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, reclamando del mérito y legalidad de la medida de término de relación laboral que dicha corporación le aplicó al finalizar un sumario instruido en su contra. Sobre el particular, cabe señalar que las corporaciones municipales son organismos de derecho privado, sin fines de lucro, creadas al amparo del artículo 12 del decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior, y regidas por el título XXXIII del Libro I del Código Civil, razón por la cual no es posible considerarlas como órganos integrantes de la Administración del Estado, de manera que el personal que labora en ellas no reviste la condición de funcionarios municipales, sino que de trabajadores particulares. Atendido lo precedentemente expuesto, la jurisprudencia administrativa de este órgano de control, contenida, entre otros, en el dictamen N° 36.880, de 2009, ha concluido que corresponde a la Dirección del Trabajo la fiscalización de las relaciones laborales existentes al interior de las corporaciones municipales, esto es, el conjunto de vínculos personales y patrimoniales que ligan a un empleador y trabajador, generador de derechos y obligaciones recíprocas, concepto que incluye un eventual término de la relación jurídica. En consecuencia, en conformidad con las consideraciones anotadas, esta Contraloría General debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre lo solicitado. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 037062N11, de 10 de junio de 2011.
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