Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 033070N12

Dictamen N° 33.070, de 5 de junio de 2012

Texto del pronunciamiento

N° 33.070 Fecha: 05-VI-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Luis Alberto Carrasco Lucero, ex funcionario del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, para solicitar la revisión de su pensión de régimen por invalidez, particularmente en lo que dice relación con el grado de la Escala Única de Sueldos en que ésta fue otorgada, por cuanto, según señala, se le aplicaría una ley que le otorgaría el tope de escalafón al obtener dicha jubilación. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir dos expedientes, manifiesta, en síntesis, que el beneficio previsional del que es titular el reclamante, se encuentra correctamente determinado. Al respecto, cabe advertir que luego de efectuadas las verificaciones pertinentes, se ha podido establecer que, en definitiva y previa opción del peticionario, mediante la resolución AP-N° 1.435, de 2010, del Instituto de Previsión Social, se le concedió una jubilación de invalidez en el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, en el grado 24 del referido orden remuneratorio, la que ascendió a un monto inicial mensual de $ 412.642.-, mensuales, a contar del 29 de marzo de 2009, considerando al efecto 23 años de servicios computables y 6% de bienios, la que se encuentra bien calculada en consideración a su última renta imponible. En este punto, cabe hacer presente que, en la especie, no existe normativa alguna que permita asignar a la prestación en comento un grado mayor en la aludida escala de remuneraciones, como impetra el recurrente en su presentación. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir que la pensión que favorece al interesado y que ha sido objeto del presente examen, se ajusta a la normativa que la rige. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 033070N12, de 5 de junio de 2012.

Más sobre Pensiones del IPS y Montepío

  • 11 de septiembre de 2026

    Dictamen N° OF175283

    La Contraloría toma razón del decreto que transfiere recursos al Instituto de Previsión Social para financiar el bono de complemento de pensión, entendiendo que la retroactividad alude solo a los meses de julio y agosto de 2026, con los alcances señalados.

  • 28 de agosto de 2026

    Dictamen N° D402

    La Contraloría concluye que es legal la revocación de la pensión de gracia del reclamante, pues el Presidente tiene la atribución privativa de otorgarlas y dejarlas sin efecto, y la decisión está suficientemente fundada en los antecedentes penales y en los criterios de la Comisión Asesora, por lo que no es arbitraria.

  • 21 de julio de 2026

    Dictamen N° OF137130

    La Contraloría concluye que, aunque la antigua Ley Orgánica de la ex Caja no menciona a los convivientes civiles, su estado civil se homologa al de viuda, por lo que el IPS debe reconocer el seguro de vida reclamado.

Todos los pronunciamientos sobre Pensiones del IPS y Montepío

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Previsión Social, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Previsión Social

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium