Contraloría General de la República · N° 079703N15
Dictamen N° 79.703, de 7 de octubre de 2015
Texto del pronunciamiento
N° 79.703 Fecha: 07-X-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Carlos Joel Campos Cortés, solicitando la revisión de la pensión no contributiva de sobrevivencia que percibe en su calidad de hijo inválido de don José Valeriano Campos, exonerado político de la Empresa Nacional de Electricidad S.A. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir cuatro expedientes, manifiesta, en síntesis, que previa opción y cese de la jubilación de orfandad de que gozaba el recurrente en el régimen de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares, se le otorgó la prestación por la que consulta, mediante la resolución N° 3.352, de 2012, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a contar del 1 de marzo de 2007, la que se ajusta a la normativa que regula la materia. Enseguida, es dable manifestar que el respectivo cálculo se efectuó en conformidad con lo establecido en el inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234, en relación a la ley N° 10.475, en cuya virtud, para los efectos de la asimilación a un grado de la Escala Única de Sueldos, se consideraron las remuneraciones imponibles percibidas por el recurrente en los meses de junio, julio y agosto de 1975, atendida la data de su exoneración, ocurrida el 30 de septiembre del mismo año, que permitió asignarle, a marzo de 1990, el grado 16° del aludido orden remuneratorio, alcanzando correctamente la suma inicial mensual de $55.056. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, cabe concluir que la pensión del señor Campos Cortés se encuentra bien determinada. Transcríbase al Instituto de Previsión Social, haciendo devolución de los cuatro expedientes acompañados y a la Contraloría Regional del Biobío. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 079703N15, de 7 de octubre de 2015.
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