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Contraloría General de la República · N° E343257N23

Dictamen N° E343257, de 10 de mayo de 2023

Sumario

La Contraloría no dio curso a la resolución que autoriza la contratación directa de bienes marca AVL, porque la causal invocada no está suficientemente justificada: no se acredita el carácter accesorio ni la exclusividad de la marca, y faltan antecedentes legalizados de la empresa y su representante.

Texto del pronunciamiento

N° E343257 Fecha: 10-V-2023 Esta Contraloría General no ha dado curso a la resolución de la suma, que Autoriza contratación directa, aprueba contrato para la adquisición, instalación e integración de bienes marca AVL en el laboratorio de emisiones de vehículos livianos, medianos y motocicletas del centro de control y certificación vehicular, dependiente de la Subsecretaría de Transportes, por cuanto la causal de trato directo que se invoca no se encuentra suficientemente justificada. El trato directo se fundamenta en el artículo 8°, letra g), de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en relación con el artículo 10, numeral 7, letra g), del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de dicho texto legal, esto es, cuando se trate de la reposición o complementación de equipamiento o servicios accesorios, que deben ser necesariamente compatibles con modelos, sistemas o infraestructura previamente adquirida por la respectiva Entidad. En el informe técnico que se adjunta a los antecedentes del acto que se estudia, si bien se sostiene que el equipamiento que se pretende adquirir es técnicamente compatible con el resto de los existentes en el laboratorio de emisiones, no se acredita que ese equipamiento tenga el carácter accesorio que exige la normativa citada, ni que la única marca compatible sea la que se indica. Por otra parte, se ha omitido acompañar los antecedentes debidamente legalizados o apostillados que acrediten la existencia legal y vigencia de la empresa contratante, así como tampoco de la personería que investiría quien concurre en representación de ésta. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° E343257N23, de 10 de mayo de 2023.

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