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Contraloría General de la República · N° 049494N15

Dictamen N° 49.494, de 22 de junio de 2015

Texto del pronunciamiento

N° 49.494 Fecha: 22-VI-2015 Doña Myriam Gómez Inostroza, en representación de la Fundación Imagen de Chile -FICH-, solicita la reconsideración del dictamen señalado en el epígrafe, en cuanto le obligó a reintegrar el monto pagado a un ex empleado, por concepto de indemnización voluntaria. En síntesis, aduce que aquel desembolso se fundó en el convenio de transferencias suscrito con la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON), el que fue aprobado por la resolución N° 45, de 2011, de este último órgano. Añade que se trató de un egreso con motivo de la desvinculación de don Juan Pablo Glasinovic Vernon, Director de Asuntos Institucionales de la FICH, el cual tuvo por objeto evitar un mayor gasto patrimonial y un desprestigio organizacional, dado que, en su opinión, existían altas posibilidades de que aquel obtuviera en juicio un monto superior al enterado. Al respecto, cabe recordar que mediante el anotado dictamen N° 72.350, esta Entidad de Control rechazó la reconsideración de la observación contemplada en la letra c) del numeral 4.9 de su Informe Final N° 22, de 2012, a través de la cual se dispuso que la DIRECON debía obtener el reintegro de $ 3.920.791, correspondiente a la suma que la FICH pagó al aludido ex trabajador por concepto de indemnización voluntaria durante el año 2011. Ello, fundado en que el referido gasto no se condice con los objetivos del convenio, no se comprende dentro de los egresos necesarios para el desarrollo de sus actividades y, tal como se consignó en el finiquito correspondiente, tiene el carácter de voluntario para la Fundación, motivo por el cual no resulta pertinente imputarlo al financiamiento otorgado por esa Dirección General. Sobre el particular, y conforme al tenor de la presentación en examen, es posible advertir que la requirente ha sustentado su petición en los mismos argumentos que esta Institución Fiscalizadora ya tuvo en consideración al momento de emitir su anotado pronunciamiento, sin aportar, en esta oportunidad, nuevos antecedentes que permitan desvirtuar lo resuelto. Atendido lo expuesto, se rechaza la reconsideración formulada y se confirma el dictamen N° 72.350, de 2014. Transcríbase a la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales y a la División de Auditoría Administrativa de este Organismo Contralor. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 049494N15, de 22 de junio de 2015.

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