Contraloría General de la República · N° 013667N13
Dictamen N° 13.667, de 28 de febrero de 2013
Texto del pronunciamiento
N° 13.667 Fecha: 28-II-2013 La Contraloría Regional de Valparaíso ha remitido la presentación de don Luis Reginaldo Jorquera Silva, ex funcionario de la Armada, exonerado político, quien solicita nuevamente, a la luz de lo dispuesto por el artículo 4° de la ley N° 19.234, en relación con los incisos segundo y noveno del artículo 20 de ese texto legal, que se le considere como efectivamente servido y cotizado el abono de tiempo que se le concedió, por gracia, para reunir el lapso necesario para obtener un beneficio no contributivo, por la causal de antigüedad. Sobre el particular, cumple manifestar que la consulta en examen, no aporta nuevos antecedentes ni difiere en modo alguno de la presentación efectuada con anterioridad por el interesado y a la que se le diera respuesta, mediante el dictamen N° 79.770, de 2011, de esta Entidad Fiscalizadora, en el que se señaló que no procede computar el abono de tiempo, por gracia, establecido en el artículo 4° de la ley N° 19.234, en relación con el inciso noveno del artículo 20 de esa ley, para efectos de reunir el mínimo necesario para obtener una pensión no contributiva de antigüedad, atendido que su beneficio jubilatorio debería ser otorgado en el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, el que no contempla la posibilidad de considerarlo. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, resulta forzoso ratificar el dictamen N° 79.770, de 2011, de este Organismo Contralor. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República
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Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° 013667N13, de 28 de febrero de 2013.
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