Contraloría General de la República · N° E328074N23
Dictamen N° E328074, de 31 de marzo de 2023
Sumario
La Contraloría no da curso al documento que otorga una concesión radial en Isla de Pascua, porque el certificado de la Subsecretaría de Telecomunicaciones afirma que no hay instalaciones en un área de protección, cuando sí las habría en un monumento histórico.
Texto del pronunciamiento
N° E328074 Fecha: 31-III-2023 Esta Entidad de Control no ha dado curso al documento individualizado en el rubro, que otorga una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Isla de Pascua, Región de Valparaíso, por cuanto no se advierte la razón por la cual en el certificado de 7 de marzo del año en curso, del Jefe (s) de la División de Concesiones de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se afirma que no se consideran instalaciones de sistemas radiantes en un área de protección a que se refiere la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en circunstancias que, de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, en la especie se comprenden instalaciones de esa naturaleza en un área que fue declarada monumento histórico mediante el decreto N° 4.536, de 1935, del Ministerio de Educación. Lo anterior resulta relevante atendida la exigencia contenida en el artículo 14 de ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en cuanto dispone que para admitir a trámite la solicitud de concesión en los casos de instalación de los aludidos sistemas en zonas de protección, se requiere la previa aprobación del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (aplica oficio Nº 28.576, de 2018, de este origen). Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Contraloría General de la República, Dictamen N° E328074N23, de 31 de marzo de 2023.
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